SIN INFORMACION

LUIS ANGELO DEL CAMPO LAGOS / GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

4 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, sin asistencia letrada, se interpone recurso de amparo en favor de Luis Ángelo del Campo Lagos, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso y en contra de Gendarmería de Chile, por encontrarse en grave peligro su vida. Indica que al amparado por rencillas anteriores, no lo dejan entrar al módulo 110, actualmente se encuentra en los cuartos y amenazado de muerte. Solicita sea trasladado al módulo 111 mientras espera su juicio y resguardando su vida. A folio 4 el Alcaide del Complejo Penitenciario Valparaíso, quien informa que referente al cambio de módulo solicitado por el amparado Luis Ángelo del Campo Lagos, revisados los antecedentes, es derivado al módulo 108 en calidad de aislado con fecha 29 de diciembre de 2023, como medida de resguardo a la integridad física y psicológica ya que no cumple con el perfil criminológico para entrar al módulo 111. A folio 7, informa el Director General de Gendarmería de Chile, región de Valparaíso, señalando que de acuerdo con lo informado por el Clasificador regional y su perfil criminológico, registrando un alto compromiso delictual, no es posible el cambio solicitado, solo queda la solicitud de traslado de Penal en otra Región, ajena a Valparaíso, petición que debe ser solicitada al Departamento de control Penitenciario de la Dirección la Nacional de Gendarmería de Chile. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción de amparo, prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto proteger a las personas que ilegal o arbitrariamente sufren cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y/o a la seguridad individual, Segundo: Que, por medio de la presente acción cautelar, la parte recurrente solicita el cambio de módulo del amparado atendido a que su vida estaría corriendo peligro y solicita ser trasladado al módulo 111. Tercero: Que al evacuar su informe las partes recurridas, indican que debido al perfil criminológico no es posible acceder a lo solicitado, encontrándose actualmente en el módulo 108 en calidad de aislado y de requerir otra medida, cabe solo el cambio de complejo penitenciario a una región distinta a Valparaíso. Cuarto: Que del mérito de lo informado por Gendarmería que da cuenta de la imposibilidad de efectuar el cambio al módulo solicitado en atención a su perfil criminológico, no es posible acceder a la petición de la recurrente. Quinto: Que, conforme se viene razonando, no se advierte la existencia de algún acto ilegal que pueda afectar la seguridad individual del amparado, toda vez que de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile y artículo 28 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, es de competencia de Gendarmería de Chile, determinar la unidad penal y el módulo en donde los internos deben cumplir su privación de libertad. Sexto: Que, lo expuesto precedentemente, en ningún caso puede significar, que la recurrida Gendarmería de Chile desatienda las situaciones en que pueda verse envuelto el amparado, que pudieren colocar en riesgo su integridad física o psíquica, debiendo tomar todas las medidas necesarias para resguardar tales bienes jurídicos.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Luis Ángelo del Campo Lagos en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2883-2023. En Valparaíso, cuatro de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, sin asistencia letrada, se interpone recurso de amparo en favor de Luis Ángelo del Campo Lagos, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso y en contra de Gendarmería de Chile, por encontrarse en grave peligro su vida. Indica que al amparado por rencillas anteriores, no lo

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