SIN INFORMACION

LUIS ALBERTO SAN MARTÍN MORA CONTRA LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL ICA CONCEPCIÓN

Rol

Fecha

4 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En estos antecedentes Rol Corte N° Amparo 585-2023, la Abogada Defensora Penal Penitenciaria Francisca Vásquez Paredes, comparece deduciendo recurso de amparo por el condenado Luis Alberto San Martín Mora, cédula de identidad número 7.707.000-1, quien actualmente cumple condena en el Centro de Detención Preventiva de Yumbel. Dirige el recurso en contra de la Resolución N°44-2023, de 11 de octubre de 2023, dictada por la Comisión de Libertad Condicional, mediante la cual rechazó la postulación del amparado, sin ajustarse la normativa vigente, tornando su privación de libertad en un acto ilegal y arbitrario, solicitando se revoque la resolución antes señalada, ordenando conceder la libertad condicional al amparado. Explica que su representado se encuentra cumpliendo actualmente un saldo de condena ascendente a 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo más accesorias legales por el delito de abuso sexual reiterado tras fallo pronunciado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción. Agrega que el amparado registra como fecha de inicio del saldo de condena el 16 de junio de 2020, teniendo como fecha de término de la misma el 17 de junio de 2025. El tiempo mínimo lo cumplió el 17 de octubre de 2023. Como antecedentes de hecho destaca que la conducta del interno ha sido calificada de “Muy buena”, la que ha mantenido, registrando 13 calificaciones de muy buena. En cuanto a los avances en su proceso de reinserción social, indica que el amparado se presenta en intervención en programa de reinserción social, en programa especializado de ofensores sexuales, participación en talleres psicosociales de razonamiento crítico, resolución de problemas, con resultado de totalmente logrado, taller de desarrollo de la empatía, con logro total y taller de fomento de roles sociales, cumple funciones laborales, tiene apoyo de su esposa y proyección en libertad, cuenta con posibilidad de dar continuidad a intervención en el medio libre. Estima que su repres

Fundamentos

fundamentos que transcribe en su recurso. Por lo anterior el amparado continúa privado de libertad, como consecuencia de un acto, que estima ilegal y arbitrario. Expone que la resolución administrativa mediante la cual se rechaza la postulación del amparado es un acto ilegal y arbitrario que afecta su libertad personal, en clara contravención a lo dispuesto por la Constitución y las Leyes, toda vez que se cumple a cabalidad con los requisitos dispuestos en el Decreto 321 y del nuevo Reglamento de Libertad Condicional, como asimismo la falta de fundamentación suficiente al amparo de la ley 19.880. Estima que se trata de un acto Ilegal que infringe lo dispuesto en el Decreto Ley 321 sobre Libertad Condicional y el Decreto Supremo 338, Reglamento de Ley de Libertad Condicional, toda vez que cumple con los requisitos allí señalados: 1) Tiempo mínimo de condena, el amparado ha cumplido con creces el tiempo mínimo requerido para optar a Libertad Condicional, restándole a la fecha un 29%

Fallo

fallo pronunciado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción. Agrega que el amparado registra como fecha de inicio del saldo de condena el 16 de junio de 2020, teniendo como fecha de término de la misma el 17 de junio de 2025. El tiempo mínimo lo cumplió el 17 de octubre de 2023. Como antecedentes de hecho destaca que la conducta del interno ha sido calificada de “Muy buena”, la que ha mantenido, registrando 13 calificaciones de muy buena. En cuanto a los avances en su proceso de reinserción social, indica que el amparado se presenta en intervención en programa de reinserción social, en programa especializado de ofensores sexuales, participación en talleres psicosociales de razonamiento crítico, resolución de problemas, con resultado de totalmente logrado, taller de desarrollo de la empatía, con logro total y taller de fomento de roles sociales, cumple funciones laborales, tiene apoyo de su esposa y proyección en libertad, cuenta con posibilidad de dar continuidad a intervención en el medio libre. Estima que su representado cumple a cabalidad todos los requisitos legales y reglamentarios fijados por el Decreto Ley 321 y su Reglamento, en consecuencia Gendarmería de Chile lo postula para optar a la Libertad Condicional. Arguye que por resolución N° 44-2023 de 11 de octubre de 2023 la Comisión de Libertad Condicional rechazó la concesión de la misma, por los fundamentos que transcribe en su recurso. Por lo anterior el amparado continúa privado de libertad, com

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C.A. de Concepción rtp Concepción, cuatro de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: En estos antecedentes Rol Corte N° Amparo 585-2023, la Abogada Defensora Penal Penitenciaria Francisca Vásquez Paredes, comparece deduciendo recurso de amparo por el condenado Luis Alberto San Martín Mora, cédula de identidad número 7.707.000-1, quien actualmente cumple condena en el Centro de Detención Preventiva

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