BANCO DE CHILE/FERNÁNDEZ
Rol
Fecha
4 de enero de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, así como lo establecido en el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil, disposición conforme a la cual si se absuelve al ejecutado “se condenará en las cosas al ejecutante”, se confirma la sentencia del veinte de enero de dos mil veintitrés, dictada la Jueza del Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, doña Iris Catalina Obando Cárdenas, que rechazó la demanda ejecutiva con costas. Devuélvase. Rol Civil Nº151-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cuatro de enero de dos mil veinticuatro Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, así como lo establecido en el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil, disposición conforme a la cual si se absuelve al ejecutado “se condenará en las cosas al ejecutante”, se confirma la sentencia del veinte de enero de dos mil veintitrés, dictada la Jueza del Segundo Juzgado Civil de Puer
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