VYHMEISTER/VYHMEISTER
Rol
Fecha
4 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1 comparece el abogado don Richard Muñoz Asenjo, cédula nacional de identidad N°12.593.538-9, con domicilio en calle José Joaquín Pérez 562, oficina H, Osorno, en favor de don Roberto Joaquín Vyhmeister Kaur, estudiante universitario, cédula nacional de identidad número 21. 205.676-6, con domicilio particular en Fundo Nueva Braunau Sin Número, camino línea cruzada, comuna de Puerto Varas, quien recurre en contra de don Roberto Emilio Vyhmeister Schroder, Rut 6.036.858-9, también domiciliado en Fundo Nueva Braunau Sin Número, Comuna de Puerto Varas. Señala ser nieto del recurrido, afirmando que desde su nacimiento ha residido en la casa construida por sus padres ubicada al interior del fundo Nueva Braunau, camino a línea cruzada, en un sitio aledaño a la casa habitación del recurrido, aunque durante los días hábiles de la semana vive en un departamento que arrienda en Puerto Montt debido a sus estudios universitarios. Indica que en Nueva Braunau vive junto a su abuela materna de 80 años, quien padece demencia senil, parkinson y otras enfermedades por lo cual hay una persona que comparte la casa, trabajando como encargada de la gestión asistencial y clínica de su abuela y, además, en una cabaña anexa en el mismo sitio vive un arrendatario, cuyas rentas le ayudan a pagar sus estudios y los gastos de su abuela. En tal contexto, asegura que desde el 20 de septiembre de este año el recurrido ha cortado arbitrariamente el suministro de agua potable,
Fundamentos
considerando que es él quien es socio y mantiene contrato con el comité de agua potable rural de Nueva Braunau y tanto su casa como la del arrendatario se alimentan del medidor de propiedad del recurrido, quien desde hace bastantes años ha autorizado y permitido la alimentación y consumo, no aceptando pago dicho consumo. Señala que por ello han debido ser auxiliados por un vecino quien les traslada agua potable cada 15 días. Alega vulneración a su derecho a la integridad física y psíquica y a su derecho a la salud. Pide se declare la obligación del recurrido de asegurar el normal suministro de servicios básicos hacia la vivienda que ocupa el recurrente, su abuela materna y cuidadora asistencial, que se encuentran al interior de la propiedad del recurrido, tal como lo ha hecho durante años, con expresa condena en costas. Acompaña: 1. Copia de constancia estampada en el sistema Aupol de carabineros del retén nueva braunau de fecha 20 de octubre del 2023; 2. Dos certificados de residencia de fecha 11 de octubre del 2023. 3. Tres fotografías que exhiben corte de suministro y distribución de terceros para obtener agua potable. A folio 3 se declaró admisible el recurso de protección, concediéndose orden de no innovar en el sentido de que el recurrido deber reestablecer el suministro de agua en el domicilio del recurrente en forma inmediata. Adicionalmente, se ofició a Carabineros de Chile a fin de que se constituya en el lugar e informe al tenor del presente recurso y a la Planta de Agua Potable Rural (APR) Nueva Braunau a fin de que indique si el recurrido cuenta o no con suministro de agua potable y/o si ha existido desperfectos técnicos o de otra índole que afecten la distribución normal del servicio de agua potable rural domiciliaria durante ese mes. A folio 9 Carabineros informa haberse entrevistado con don Roberto Vhymeister Schroder quien manifestó no haber cortado las instalaciones de agua potable, ya que las cañerías están bajo tierra y pasan por la casa de su trabajador a quien no puede dejar sin el vital elemento. Igualmente hizo presente que personal policial verificó en terreno que en ese momento se mantenía funcionando normalmente el agua potable en la totalidad de la propiedad, allegando 4 fotografías del lugar. A folio 15 el Comité de Agua Potable Rural de Nueva Braunau informa que el arranque de agua potable de propiedad del recurrido está entregando suministro de forma normal y no ha tenido desperfectos hasta el medido de agua potable. A folio 11 el recurrido evacua informe, señalando contar con una extensa red privada de agua potable de más de un kilómetro, el que cruza potreros agrícolas donde pace ganado mayor. En tal contexto, indica que luego de notificado el recurso detectó que en un sector en que la tubería había quedado al descubierto producto de la erosión del terreno a causa de las lluvias, había sido doblada seguramente por el pisotón de un bovino. Indica que, junto a un ayudante, estiraron la manguera, la taparon con
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, y en el Acta N°94-2015 sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara: I.- Que, se rechaza el recurso de protección interpuesto por el abogado don Richard Muñoz Asenjo, en favor de don Roberto Joaquín Vyhmeister Kaur en contra de don Roberto Emilio Vyhmeister Schroder. II.- Que, no se condena en costas por considerar que ha existido motivo plausible para litigar. Regístrese, comuníquese, y archívese, en su oportunidad. Rol Protección N°1289-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cuatro de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1 comparece el abogado don Richard Muñoz Asenjo, cédula nacional de identidad N°12.593.538-9, con domicilio en calle José Joaquín Pérez 562, oficina H, Osorno, en favor de don Roberto Joaquín Vyhmeister Kaur, estudiante universitario, cédula nacional de identidad número 21. 205.676-6, con domicilio particular en Fundo Nueva Bra
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