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PALMA/MUÑOZ

Rol

Fecha

3 de enero de 2024

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ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 14 de septiembre de 2023 comparece el señor Fiscal Regional de Aysén, don Carlos Alberto Palma Guerra, por el Ministerio Público, quien deduce querella de capítulos en contra del entonces fiscal adjunto de la Fiscalía Local de Puerto Natales, don Cristian Gonzalo Muñoz Pérez, con el objeto de establecer la responsabilidad ministerial que le cabría por actos ejecutados en el ejercicio de sus funciones y que configurarían los delitos de cohecho del artículo 248 bis del Código Penal y revelación de secreto del artículo 38 de la Ley Nro. 20.000.- Con fecha 12 de noviembre de 2023, se hace parte, como abogada defensora del capitulado, doña Marisa Ivonne Navarrete Novoa. Con fecha 26 de diciembre de 2023, se llevó a efecto la audiencia pública de estilo ante esta Corte de Apelaciones, a la que concurrieron, por el Ministerio Público, el abogado representante don Sebastián Andrés Vildósola Fica y, por la defensa, doña Marisa Ivonne Navarrete Novoa. En la citada audiencia el Misterio Público instó porque esta Corte declare la admisibilidad de la querella en sus dos capítulos,

Fundamentos

considerando los antecedentes de investigación con que se cuenta a esta época, agregados a la carpeta fiscal respectiva, RUC Nro. 2300064994-5, por los delitos ya referidos. A su turno, la apoderada del querellado alegó por el rechazo de ambos capítulos de la querella, acusando tanto la falsedad de los hechos descritos en esta y la carencia de seriedad de los antecedentes fundantes allegados, como también la falta de integridad de tales antecedentes, en relación con los acompañados en sustento del segundo capítulo de la querella en cuestión, estimando, asimismo, la atipicidad de las conductas descritas por la Fiscalía. Finalizados los alegatos de los comparecientes, la causa quedó en estado de acuerdo. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°).- Que la querella de capítulos interpuesta por el Señor Fiscal Regional de Aysén, dice relación con hechos en los que se imputa responsabilidad a quien entonces desempeñaba el cargo de fiscal adjunto de la Fiscalía Local de Puerto Natales, don Cristian Gonzalo Muñoz Pérez, ejecutados en ejercicio de sus funciones y que importan, a juicio del Ministerio Público, la comisión de los delitos previstos y sancionados en los artículos 248 bis del Código Penal y 38 de la Ley Nro. 20.000.- 2°).- Que en su libelo parte exponiendo los hechos que constituyen tales infracciones, los que en relación al primer capítulo de la querella, por el primer ilícito mencionado, consisten en los siguientes: «El señor CRISTIAN GONZALO MUÑOZ PÉREZ se desempeñó como fiscal jefe en la Fiscalía Local de Puerto Natales desde el año 2018 a la fecha de ocurrencia de estos hechos. El día 11 de febrero de 2022, CARLOS ALBERTO FUENTES RAMOS se comunicó telefónicamente con el abogado FRANCISCO JAVIER NETTIG DIAZ, a quien le solicitó hacerse cargo de las gestiones para cobrar un pagaré por la suma de $20.000.000 de pesos. El abogado NETTIG DÍAZ acordó reunirse con FUENTES RAMOS al día siguiente, en su domicilio, puesto que asistiría a la reunión una persona que podría encargarse del asunto. El día 12 de febrero de 2022, en horas de la tarde, en el domicilio del abogado NETTIG DIAZ, ubicado en calle Waldo Seguel número 560 de la comuna de Punta Arenas, se reunió CARLOS ALBERTO FUENTES RAMOS, FRANCISCO JAVIER NETTIG DIAZ y CRISTIAN GONZALO MUÑOZ PÉREZ, presentándose este último como el fiscal jefe de Puerto Natales, mostrando una fotografía del periódico donde aparecía él en dicha calidad. Junto a las tres personas ya indicadas había un cuarto sujeto identificado como Mario González Barrientos. Fue así como CARLOS ALBERTO FUENTES RAMOS explicó a los abogados NETTIG DIAZ y al Fiscal Jefe MUÑOZ PÉREZ que tenía un pagaré por $20.000.000 de pesos, respecto del cual había hecho la gestión de confesar deuda, la cual había fracasado por la negativa del deudor. El Fiscal MUÑOZ PÉREZ indicó que, en su calidad de Fiscal Jefe, haría todas las gestiones para cobrar rápidamente dicho pagaré, puesto que como Fiscal haría que la persona deudora fuera a la PDI,

Fallo

por estas gestiones. El día 14 de febrero de 2022, MUÑOZ PÉREZ, NETTIG DIAZ y González Barrientos se reunieron nuevamente con FUENTES RAMOS en el domicilio de calle Waldo Seguel. En esa oportunidad, FUENTES RAMOS manifestó que no tenía dinero para pagar los honorarios, pero que podía dar en pago el automóvil marca Suzuki, modelo SWIFT GL 1.2, año 2015, color azul perlado, PPU HBXD.90-K. Dicho ofrecimiento fue analizado entre MUÑOZ PÉREZ y NETTIG DIAZ, aceptando finalmente MUÑOZ PÉREZ la entrega del vehículo para sí, lo cual se verificó en ese mismo día. El fiscal adjunto CRISTIAN GONZALO MUÑOZ PÉREZ estuvo en posesión del vehículo marca Suzuki, PPU HBXD.90-K, desde el día 14 de febrero del año 2022 hasta el día 22 de abril de ese año, fecha en que devolvió el vehículo a FUENTES RAMOS para evitar que este lo denunciara en la Policía de Investigaciones de Puerto Natales. De esta forma, el fiscal adjunto CRISTIAN GONZALO MUÑOZ PÉREZ aceptó recibir un beneficio económico para sí, consistente en la entrega del vehículo Suzuki SWIFT, a cambio de ejecutar actos en favor de FUENTES RAMOS consistentes en el cobro de un pagaré abusando de su calidad de Fiscal Adjunto, y además, instar por la recuperación del valor en dinero de una retroexcavadora, abusando igualmente de su cargo de Fiscal, todo ello con infracción a los deberes de su cargo, como el de probidad, vale decir, observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminen

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Punta Arenas, tres de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 14 de septiembre de 2023 comparece el señor Fiscal Regional de Aysén, don Carlos Alberto Palma Guerra, por el Ministerio Público, quien deduce querella de capítulos en contra del entonces fiscal adjunto de la Fiscalía Local de Puerto Natales, don Cristian Gonzalo Muñoz Pérez, con el objeto de establecer la responsabilidad mini

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