CARMEN GLORIA VALENZUELA CID/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL REGIÓN DEL BIO BIO
Rol
Fecha
3 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece CARMEN GLORIA VALENZUELA CID, enfermera, cédula nacional de identidad N°9.138.608-9 e interpone acción constitucional de Protección en contra de la RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-IBS-139899-2023, de fecha 23 de octubre de 2023 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, representada legalmente por don LUIS DÍAZ SILVA o por quien le subrogue, reemplace o sucede en el cargo, domiciliado en Barros Arana N° 1098, piso 12, oficina 1209, Edificio Torre del Centro, Concepción. Expone que dicho acto administrativo determinó el RECHAZO del Recurso deducido en contra del dictamen que denegó las licencias (reposo y subsidio) correspondientes a los folios: N°4-13279371 del 24 de diciembre y N° 4-13539579 del 23 de enero 2023; produciéndose, privación y perturbación de sus derechos constitucionales a la integridad física y psíquica, igualdad ante la ley y de propiedad, reconocidos por los artículos 19 N° 1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República, a objeto de que esta Corte conociendo de la presente acción, adopte de inmediato las providencias necesarias para restablecer dichos derechos y asegurar su debida protección. Con fecha 23 de junio de 2023 la Superintendencia de Seguridad Social pronuncia dictamen N° R-01-UME-83677-2023 mediante el cual se confirmó lo resuelto por la SUBCOMISIÓN BÍO BÍO - COMPIN REGIÓN DEL BÍO BÍO, en orden de mantener el rechazo de las licencias médicas N°s 13279371-9, 13539579-K, extendidas por un total de 60 días a contar del 24 de diciembre de 2022 emanado de la ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A., por reposo no justificado. Se presenta Recurso de Reposición ante la Superintendencia de Seguridad Social el día 03 de julio de 2023, y la Superintendencia de Seguridad Social resuelve mediante RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-IBS-139899-2023, de fecha 23 de octubre de 2023, confirmando el rechazo por no encontrarse justificado el reposo indicando que “Esta conclusión se basa en que los antecedentes aportados no permiten establecer la existencia
Fundamentos
Fundamentos de la resolución) “Fundamentos de la resolución: R-54154-2023 / 9.138.608-9 54 años, Enfermera, afiliada a Isapre NUEVA MASVIDA. Con 55 días autorizados por patología psiquiátrica. Reclama por LM 13279371-9, 13539579-K, por 60 días, a partir del 24/12/2022, otorgada por Médico psiquiatra, en modalidad libre elección. El IMC emitido por la tratante, no logra esclarecer severidad del cuadro, sin descripción de criterios de gravedad que impacten en la funcionalidad de la reclamante, sin GAF, sin descripción de evolución sintomática, sin descripción de ajustes o modificaciones en el tratamiento farmacológico indicado, informe de asistencia a psicoterapias describe proceso terapéutico durante 02/02/2022 y 27/07/2022 no durante el período de reposo de la LM reclamada, no se indica FPA o de reintegro laboral. Se sugiere no acoger, aparenta reposo sin rol curativo”. Por su parte, el día 16 de octubre de 2023, el profesional de su representada, Dr. Diego Barttlet González, informó lo siguiente en relación a la situación de la Sra. Valenzuela Cid: “FOLIO FUI: 770589 FOLIO EXPEDIENTE: R-114082-2023 “Sección A (Antecedentes Generales) “Tipo de Reclamo: “(X) Reconsideración “Run interesado: 9138608-9 “Fecha de nacimiento del interesado: 21-07-1968 “Número de empleadores: 1 “Aseguradora: ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A. “Entidad pagadora: ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A. “Ocupación: enfermera “Sección B (Datos de las Licencias Reclamadas) “Inicio de la licencia más antigua: 24-12-2022 “Cantidad total de días reclamados: 60 “Días autorizados por la(s) patología(s): 55 “Modalidad de emisión de las licencias reclamadas: “(X) Particular/Libre Elección “( ) Institucional “( ) Ambas “Licencias: “Datos Licencia 1 “Folio Licencia: 13539579-K “Diagnóstico: F43.2 - Trastornos de adaptacion “Nombre del médico: MARIANNE BRIGITTE DANHIER ELGUETA “Especialidad: Médico Cirujano, Psiquiatría Adulto “Alto emisor: ( ) SI (X) NO “Datos Licencia 2 “Folio Licencia: 13279371-9 “Diagnóstico: F43.2 - Trastornos de adaptacion “Nombre del médico: MARIANNE BRIGITTE DANHIER ELGUETA “Especialidad: Médico Cirujano, Psiquiatría Adulto “Alto emisor: ( ) SI (X) NO “Sección C (Antecedentes Médicos) 10 “IMC con fecha: (X) SI ( ) NO “Detalle: adjunta informe con fecha 27 de marzo de 2023, en que señala trastorno mixto ansioso depresivo + trastorno adaptativo “Peritaje con fecha: ( ) SI (X ) NO “Detalle: “Exámenes con fecha: ( ) SI (X ) NO “Detalle: “TPI: ( ) SI (X ) NO “Detalle: “Lista de espera quirúrgica: ( ) SI ( ) NO (X) N/A “Detalle: “Acredita Atención GES: ( ) SI (X ) NO ( ) N/A “Detalle: “Otros Antecedentes Médicos: ( ) SI (X ) NO “Detalle: “Otros Antecedentes Relevantes: ( ) SI (X ) NO “Detalle: “Sección D (Fundamentos de la resolución) “Fundamentos de la resolución: ISAPRE MasVida Enfermera Reconsideración. Paciente acumula 55 días acogidos de reposo por causa psiquiátrica, y reclama 60 días por el mismo motivo. Adjunta informe en que se hace referencia a problemas de tipo convivencia
Fallo
por tanto, las licencias médicas N° 3-13279371-9 y 3-13539579-K, emitidas con fecha de inicio de reposo 24 de diciembre de 2022 y el 23 de enero de 2023, por encontrarse la afiliada en condiciones de reintegro laboral desde antes del 24 de noviembre de 2022. En consecuencia, la licencia médica N° 3-13279371-9 se rechaza bajo el fundamento “sin antecedentes clínicos que respalden prorroga, fundamentado en peritaje. ART. 21 DS 3-84, LEY 20.585”. Así también, la licencia médica 3-13539579-K se rechaza bajo el fundamento “sin informe médico protocolizado que respalde prorroga de extenso reposo (115 DIAS), fundamentado en peritaje. ART. 21 DS 3-84, LEY 20.585. RATIFICADA POR UNA (1) RESOLUCION COMPIN”. En este mismo sentido, la Superintendencia de Seguridad Social estudió los antecedentes y con su mérito concluyó en Resolución Exenta N° R-01-UME-83677-2023 del 23 de junio de 2023 que “el reposo prescrito por las licencias médicas N°s 13279371-9, 13539579-K, no se encontraba justificado. Esta conclusión se basa en que el informe emitido con fecha 27/03/2023 por la tratante, no expone elementos psicopatológicos de gravedad que requieran la extensión del reposo. Sumado a lo anterior, el informe psicológico no se refiere a la afectación de la funcionalidad de la paciente ni tampoco al plan terapéutico que se pretende seguir para lograr su recuperación y reinserción laboral. Por las razones anteriores, los elementos aportados no permiten establecer la existencia de incapacidad labor
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Concepción, tres de enero de dos mil veinticuatro. VISTO: Comparece CARMEN GLORIA VALENZUELA CID, enfermera, cédula nacional de identidad N°9.138.608-9 e interpone acción constitucional de Protección en contra de la RESOLUCIÓN EXENTA N° R-01-IBS-139899-2023, de fecha 23 de octubre de 2023 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, representada legalmente por don LUIS DÍAZ SILVA o por quien le su
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