SOTO MOYANO RAFAEL ANDY CON IRIRARTE MENDEZ MARIBEL DEL CARMEN
Rol
Fecha
3 de enero de 2024
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes, advirtiendo estos sentenciadores que se ha deducido recurso de apelación subsidiario por la parte demandada en contra de la resolución que hizo efectivo el apercibimiento consistente en tener por no presentados los escritos de 20 y 21 de abril de 2023, por no haberse constituido el mandato judicial en tiempo y forma, y teniendo presente que de conformidad a lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 2° de la Ley N° 18.120 las resoluciones que se dicten a propósito de ordenar la debida constitución del mandato judicial no serán susceptibles de recurso alguno y visto, además, lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido por la demandada en contra de la resolución de tres de julio de dos mil veintitrés, por improcedente. Devuélvase.- Rol N° 1093-2023 (Civil).-
Texto Completo (Preview)
La Serena, tres de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes, advirtiendo estos sentenciadores que se ha deducido recurso de apelación subsidiario por la parte demandada en contra de la resolución que hizo efectivo el apercibimiento consistente en tener por no presentados los escritos de 20 y 21 de abril de 2023, por no haberse constituido e
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