M.P C/ FABIAN ANTONIO HUERTA CONTRERAS (QTE.FUNDACION ARCA ANIMAL)
Rol
Fecha
3 de enero de 2024
Materia
MALTRATO ANIMAL. ART. 291 BIS.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que don Mauricio Valenzuela Martínez, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de Melipilla, apela en contra de la resolución de dieciséis de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Melipilla en la causa RIT 430-2022 que excluyó la prueba de cargo del Ministerio Público consistente en un video grabado por un testigo de los hechos por vulneración de los derechos fundamentales del imputado. Pide la revocación de la resolución apelada y que, en consecuencia, se incluya dicha prueba. Segundo: Que la resolución en alzada excluyó el video, en virtud de la causal del inciso tercero del artículo 276 del Código Procesal Penal, por inobservancia de garantías fundamentales, fundada en la afectación del derecho a la privacidad, al haber grabado un lugar que no es de libre acceso público. Tercero: Que del análisis del recurso de apelación y de la resolución impugnada, se colige que el debate planteado por los intervinientes se circunscribe al hecho de determinar si se ha incurrido en la hipótesis de vulneración de la garantía del derecho a la privacidad, en los términos previstos en el artículo 276 inciso 3° del Código Procesal Penal, única hipótesis de exclusión por la que es procedente alzarse conforme lo dispone el artículo 277 del cuerpo legal ya citado, al pretender el recurrente que se incorpore un video, que fue excluida por el Juzgado de Garantía de Melipilla. Cuarto: Que del mérito de los antecedentes consta que el video ordenado excluir fue obtenido por un testigo, desde su propio domicilio, lugar desde el cual tenía plena visión al predio vecino por cuanto la reja perimetral colindante permitía su vista, lugar donde ocurrieron los hechos de que se trata. En efecto, los intervinientes concordaron en que el espacio donde acaeció el registro no cuenta con un cierre que impida u obstaculice la visión de los vecinos, elemento que lleva a decaer la expectativa de privacidad. Quinto: Que en la forma descr
Fallo
se declara que el video ofrecido por el Ministerio Público queda incluido en el auto de apertura respectivo, el que deberá prestarse en la audiencia de juicio oral simplificado que se lleve a cabo. Devuélvase vía interconexión. N° 2557-2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, a tres de enero de dos mil veinticuatro. Sala: Tercera Sala Rol: 2557-2023 Penal Ruc: 2210015231-6 RIT: 430-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla Integrantes: Ministros señora Sylvia Pizarro Barahona y señor René Cerda Espinoza y Abogado Integrante señor Francisco Cruz Fuenzalida Relator: Diego Muñoz Gaete Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Alexandra Álamos Quer
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