VALDÉS/C. D. E. (LTE)
Rol
Fecha
3 de enero de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada pero se sustituye en el
Fundamentos
considerando vigésimo noveno la cantidad allí consignada de “$10.000.000 (diez millones de pesos)” por “$100.000.000 (cien millones de pesos. Y se tiene además presente: 1°) Que debe tenerse en especial consideración que la víctima, una mujer joven de 20 años, estudiante fue detenida junto a su hijo de 3 años, debiendo soportar no solo las aflicciones físicas y angustia extrema por su propia situación sino especialmente por la de éste, quien además le fue arrebatado violentamente, lo que constituye una agresión psicológica adicional infligida por su condición de mujer madre. 2°) Que debe señalarse también que en el último tiempo el trabajo de los órganos jurisdiccionales de derechos humanos han permitido visibilizar que las mujeres fueron víctimas específicas de tortura sexual por lo que sufrieron un doble castigo material y simbólico vinculado a los roles estereotipados que cultural e históricamente se les ha asignado a las mujeres que se transforman en objeto sobre el que ejercer también un poder de subordinación. 3°) Que se añade a lo anterior la circunstancia de haber permanecido todo el invierno de 1974 a merced de sus captores, entrando y saliendo desde el centro de reclusión a las casas de tortura hasta que finalmente la liberan debiendo salir al exilio, a lugares desconocidos, con sus niños pequeños, sin redes familiares en una etapa de la vida en que se comienzan recién a participar de la adultez. 4°) Que no puede desconocerse tampoco que la víctima ha debido esperar 50 años para obtener un resarcimiento. 5°) Que se mantendrá la eximición de las costas respecto del Fisco pero únicamente por no haber sido éste totalmente vencido. En consecuencia y visto lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil; y en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada con declaración de que se eleva a $100.000.000.- (cien millones de pesos) la cantidad que el Fisco de Chile deberá pagar a Raquel del Carmen Valdés Villablanca como indemnización por daño moral, más los reajustes e intereses que se señalan en ella; rechazándose lo concerniente a la apelación por las costas. Regístrese y devuélvase. Redactado por la Ministra (S) señora Lidia Poza Matus. No firma el Abogado Integrante señor Eduardo Gandulfo Ramírez, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por ausencia. Rol N°12.759-2020 Civil. Pronunciada por la Undécima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro (S) señor Manuel Rodríguez Vega, e integrada por la Ministra (S) señora Lidia Poza Matus y el Abogado Integrante señor Eduardo Gandulfo Ramírez.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada pero se sustituye en el considerando vigésimo noveno la cantidad allí consignada de “$10.000.000 (diez millones de pesos)” por “$100.000.000 (cien millones de pesos. Y se tiene además presente: 1°) Que debe tenerse en especial consideración que la víctima, una mujer joven de 20 años, est
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