FUNDACION EDUCACIONAL COLEGIO MARIA INMACULADA CONCEPCION/TELEFONICA EMPRESAS CHILE S.A.
Rol
Fecha
2 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: No constatándose de los hechos expuestos, que éstos constituyan vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República,
Fundamentos
considerando además que el asunto se refiere al incumplimiento de una obligación contractual, tal como se expresa en el recurso y en especial en su parte petitoria, cuestión que excede los fines y propósitos del presente arbitrio constitucional de urgencia; y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Al primer y segundo otrosíes: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Al tercer otrosí: Téngase presente. Regístrese y archívese. N°Protección-21885-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/par Concepción, dos de enero de dos mil veinticuatro. A lo principal: Visto: No constatándose de los hechos expuestos, que éstos constituyan vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, considerando además que el asunto se refiere al incumplimiento de una obligación contractual, tal como se
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