ESPINOZA/RIVERA
Rol
Fecha
3 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Pronunciándose sobre la admisibilidad de la presente acción constitucional: A lo principal: Visto y teniendo presente: Primero: Que, sin perjuicio de las distintas diligencias efectuadas por la recurrente al enviar misivas al Directorio los días 26 de agosto, 9 de septiembre, 11 de noviembre y 13 de diciembre todos del año 2023, el acto atribuido de ilegal y arbitrario por esta, en el libelo de protección, es la decisión adoptada por la Asociación de Sociedades Religiosas Virgen de las Peñas, quien mediante su comité de disciplina, por resolución de 2 de agosto del año 2023, resolvió aplicar una serie de sanciones a la recurrente, la que fue puesta en su conocimiento con esa misma fecha, presentando incluso un recurso de apelación, que también fue desestimado. Segundo: Que, el inciso segundo del número 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales dispone: “Presentado el recurso, el Tribunal examinará en cuenta si ha sido interpuesto en tiempo y si se mencionan hechos que puedan constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Si su presentación es extemporánea o no se señalan hechos que puedan constituir vulneración a garantías de las mencionadas en la referida disposición constitucional, lo declarará inadmisible desde luego por resolución fundada,…”. Tercero: Que, por su parte, el numeral 1° del referido Auto Acordado, dispone que el recurso deberá interponerse dentro del plazo de treinta días contados desde la ejecución del acto, por lo que teniendo especialmente en consideración la fecha en qué la recurrente tomó conocimiento del mismo - a lo menos - el 17 de agosto de 2023, al haber sido notificada de la resolución que rechazó, por extemporáneo, el recurso de apelación deducido en contra del acto imputado de ilegal y arbitrario, motivo por el cual el recurso de protecció
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales dispone: “Presentado el recurso, el Tribunal examinará en cuenta si ha sido interpuesto en tiempo y si se mencionan hechos que puedan constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Si su presentación es extemporánea o no se señalan hechos que puedan constituir vulneración a garantías de las mencionadas en la referida disposición constitucional, lo declarará inadmisible desde luego por resolución fundada,…”. Tercero: Que, por su parte, el numeral 1° del referido Auto Acordado, dispone que el recurso deberá interponerse dentro del plazo de treinta días contados desde la ejecución del acto, por lo que teniendo especialmente en consideración la fecha en qué la recurrente tomó conocimiento del mismo - a lo menos - el 17 de agosto de 2023, al haber sido notificada de la resolución que rechazó, por extemporáneo, el recurso de apelación deducido en contra del acto imputado de ilegal y arbitrario, motivo por el cual el recurso de protección interpuesto el 31 de diciembre del año del año 2023 resulta extemporáneo. Por estas consideraciones y normas legales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido por doña Rosa Gloria Cerda Fierro, en representación de doña María del Rosario Espinoza Gil, por extemporáneo. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo y tercer otrosíes: Atendido a que no se desarrolla petición alguna, no ha lugar y
Texto Completo (Preview)
C.A. de Arica Arica, tres de enero de dos mil veinticuatro. Pronunciándose sobre la admisibilidad de la presente acción constitucional: A lo principal: Visto y teniendo presente: Primero: Pronunciándose sobre la admisibilidad de la presente acción constitucional: A lo principal: Visto y teniendo presente: Primero: Que, sin perjuicio de las distintas diligencias efectuadas por la recurrente al env
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica