MUÑOZ/CANAL 13 SA
Rol
Fecha
2 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparecieron doña Daniela Eugenia Muñoz Hernández y don Leandro Arturo Barrientos Milling, quienes interpusieron acciones constitucionales de protección en contra de Canal 13 SpA., por la emisión de un reportaje el día 9 de octubre de 2023, en el cual -sostienen- se realizaron acusaciones graves y falsas en su contra como el delito de asociación ilícita, tráfico de influencias, incumplimiento de obligaciones contractuales que contrajo la empresa de la Sra. Muñoz -Contratista Obras Menores Daniela Eugenia Muñoz Hernández E.I.R.L.- y la cooperación ambos para adjudicarse maliciosamente proyectos en la Municipalidad de Valdivia; las que vulneran su derecho constitucional a la honra y la protección de su vida privada y la de su familia, consagrado en el artículo 19 Nº 4 de la Constitución Política de la República. La señora Muñoz Hernández, educadora diferencial, señala, en síntesis, que las licitaciones en las que participó su empresa le fueron adjudicadas a través de Mercado Público de acuerdo con el marco legal correspondiente y que no ha ejercido influencias para obtener las mismas. Refiere cuatro hechos que se le imputan incorrectamente, a saber: (i) que se le habría adjudicado obras en el jardín infantil “Independencia”, en circunstancias que aquella obra no le fue adjudicada; (ii) que otro jardín infantil, lo habrían convertido en fábrica de ventanas, siendo que el mismo fue usado solo una vez con tal propósito y para efectos de la misma obra; (iii) el incumplimiento de obligaciones contractuales, lo que no sería tal, puesto que de las ocho obras adjudicadas a su E.I.R.L., cinco ya fueron entregadas, dos serían entregadas en el mes de noviembre, estando solo una retrasada por causas que no le son imputables; y (iv) el haberse adjudicado a su empresa $1.200.000.000 siendo en realidad $1.121.108.264. Por su parte, y en lo medular, el señor Barrientos Milling, agrega a lo ya referido que trabaja como jefe de obras, en los proyectos ad
Fundamentos
motivos previos. 7) Finalmente, y por lo ya referido, no se observa en este caso vulneración de del derecho constitucional invocado como afectado, ni actuación arbitraria o ilegal de parte del canal recurrido, por lo que solo cabe el rechazo de la presente acción.
Fallo
por lo expuesto en los motivos previos. 7) Finalmente, y por lo ya referido, no se observa en este caso vulneración de del derecho constitucional invocado como afectado, ni actuación arbitraria o ilegal de parte del canal recurrido, por lo que solo cabe el rechazo de la presente acción. Por lo expuesto y visto, además, lo dispuesto en los artículos 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que: Se rechazan, sin costas, las acciones de protección presentadas por doña Daniela Eugenia Muñoz Hernández y don Leandro Arturo Barrientos Milling, en contra de Canal 13 SpA. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Nº Protección-2133-2023/2134-2023
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Valdivia, dos de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparecieron doña Daniela Eugenia Muñoz Hernández y don Leandro Arturo Barrientos Milling, quienes interpusieron acciones constitucionales de protección en contra de Canal 13 SpA., por la emisión de un reportaje el día 9 de octubre de 2023, en el cual -sostienen- se realizaron acusaciones graves y falsas en su contra c
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