SIN INFORMACION

GUTIERREZ RAMIREZ SACHA GISELL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

2 de enero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Sasha Gisell Gutiérrez Ramírez, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal y arbitrario, en la Resolución Exenta N°23344683, de fecha 8 de septiembre de 2023, del Servicio Nacional de Migraciones, la cual dispone su abandono del país, basado en el supuesto no pago del beneficio migratorio solicitado -correspondiente a la regularización extraordinaria-, el cual afirma sí fue pagado lo que consta en comprobantes que aporta- Sostiene que lo anterior ha perturbado y amenazado el legítimo ejercicio de su derecho a la libertad ambulatoria consagrado en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución Política de la República. En definitiva, pide que se acoja su recurso y que se tomen las medidas necesarias para restablecer y resguardar el imperio del Derecho, en concreto, revocar la Resolución Exenta N° 23344683 de fecha 8 de septiembre de 2023 del Servicio Nacional de Migraciones, de modo de poner fin a toda acción u omisión que importe una amenaza o perturbación a los Derechos Fundamentales, en particular su libertad personal y seguridad individual revocando la medida de abandono que la afecta, reanudar el proceso de regularización de la amparada, y otorgar un permiso de residencia en base al cumplimiento cabal de los requisitos para obtenerlo. Funda su acción en que ingresó a Chile, en junio de 2019, en calidad de turista. Aduce que, posteriormente, solicitó una visa sujeta a contrato obteniendo dicho permiso de residencia y, con él, su primera cédula en Chile. Complementa que dicho permiso de residencia venció en enero del año 2021. Añade que, el 5 de mayo de 202, se inscribió en el proceso de regularización extraordinario, que contemplaba realizar el pago del equivalente a 100 dólares americanos en moneda nacional. Manifiesta que realizó el trámite con su clave única, que subió sus documentos, realizó

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, por haber perdido oportunidad, el recurso de amparo deducido en favor de doña Sasha Gisell Gutiérrez Ramírez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2802-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Marisol Andrea Rojas Moya, señor Tomás Gray Gariazzo y el Ministro (S) señora Isabel Margarita Zúñiga Alvayay. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dos de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de enero de dos mil veinticuatro. Al folio 22: a lo principal y primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Sasha Gisell Gutiérrez Ramírez, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que esti

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