C/ ADOLFO ESTEBAN CIFUENTES TAPIA
Rol
Fecha
2 de enero de 2024
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y lo previsto en el artículo 37 de la Ley N°18.216, se confirma, en lo apelado, la sentencia de once de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de La Ligua, que condenó a ADOLFO ESTEBAN CIFUENTES TAPIA, sustituyendo el cumplimiento efectivo de la pena impuesta por la pena de remisión condicional. Regístrese, comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N°Penal-3037-2023. No sujeta a anonimización. En Valparaíso, dos de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a dos de enero de dos mil veinticuatro se da inicio a esta audiencia a las 10:32 horas, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Sr. Álvaro Carrasco Labra e integrada por la Ministra Suplente Sra. Ruth Alvarado Villarroel y el Abogado Integrante Sr. Fabián Elorriaga De Bonis, y actuando como Ministro d
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