K. J. M. S./10°JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
2 de enero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Carolina Muñoz Henríquez, abogada defensora pública, quien deduce acción constitucional de amparo en favor del adolescente Kenny Jamir Martínez Sandoval, en contra de la magistrada doña Marcela Soto Galdamez, Juez suplente del 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que en causa RUC 2300462802-0, RIT 1091-2023, dispuso la ampliación del plazo de investigación. Indica que su representado fue formalizado por su presunta participación en el delito de robo con intimidación el 18 de abril de 2023, fijándose un plazo de investigación de 90 días e imponiéndosele la medida cautelar de internación provisoria. En la misma audiencia se dispuso por el tribunal el canje penal respecto de su defendido y el co-imputado adulto Cristian Pinilla. Agrega que en audiencia del 15 de diciembre del 2023 la juez recurrida dispuso la ampliación del plazo de investigación por 30 días por cuanto no se había realizado el canje penal respecto del recurrido, sin considerar los argumentos de la defensa expuestos en dicha instancia. Sostiene que durante la investigación el 10° Juzgado de Garantía de Santiago se amplió el referido plazo por 30 días, en la primera oportunidad; 30 días luego; después por 15 días más, y finalmente por 30 días, ocasiones en las que se justificó dicha decisión por encontrarse pendiente el canje penal. Estima conculcadas las garantías de su representado consagradas en el artículo 19 N° 3 y N°7 de la Constitución Política de la República por cuanto el procedimiento no se ha ajustado a un plazo razonable, legal y justo, agravando la situación del recurrente al ser adolescente y encontrarse sujeto a la medida cautelar de internación provisoria. Pide que se acoja el recurso y se restablezca el imperio del Derecho, y se declare que no procede la ampliación de plazo de la investigación, debiendo el tribunal a quo citar a la brevedad a una audiencia de cierre de investigación. Segundo: Que informa al tenor del recurso, Marce
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 21 Constitución Política de la República, se acoge el recurso de amparo deducido a favor de K.J.M.S, solo en cuanto, se deja sin efecto la resolución de 15 de diciembre de 2023 que otorgó una nueva ampliación del plazo de investigación, y se dispone que la señora Juez de Garantía citará a la brevedad a una audiencia con el propósito de apercibir el cierre de la investigación y decretarse lo pertinente respecto del referido imputado, si se solicitare. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°967-2023 Amparo.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que se anunciaron, escucharon relación y alegaron por el recurso la postulante de la Corporación de Asistencia Judicial señora María Jesús Yantén y contra el recurso la abogado señora Natalia Soto. San Miguel, 2 de enero de 2024. Javiera López Ossandón, Relatora ad hoc. (Hora de inicio 09:45 am. - hora de término 10:03 am). San Miguel, dos de enero de dos mil veinticuatro. Al escrito
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