ANONIMIZADO
Rol
Fecha
2 de enero de 2024
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que no se han acreditado situaciones del padre requerido que lo inhabiliten para ejercer los derechos previstos en el artículo 229 Código Civil que le corresponden, lo señalado en el artículo 16 de la ley 19.968, relativo al interés superior del niño y en la ley 21.430, la cual tiene por objeto la garantía y protección integral, el ejercicio efectivo y el goce pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se revocará la resolución en alzada, por no existir razón fundada para interrumpir la vinculación del recurrente con su hijo. Por lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto al...
Fallo
Por lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto al...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, dos de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que no se han acreditado situaciones del padre requerido que lo inhabiliten para ejercer los derechos previstos en el artículo 229 Código Civil que le corresponden, lo señalado en el artículo 16 de la ley 19.968, relativo al interés superior del niño y en la ley 21.430, la cual tiene por objeto la garantía
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