C/ JUAN JOSE NARVARTE ILZAUSPE
Rol
Fecha
1 de enero de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Atendida la naturaleza, gravedad y forma de comisión del ilícito, así como lo pena asignada al mismo, se revoca la resolución apelada de treinta de diciembre del año dos mil veintitrés, dictada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 8227-2023, que rechazó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Juan José Narvarte Ilzauspe y, en su lugar, se resuelve que se decreta la prisión preventiva del imputado por constituir su libertad un peligro para la sociedad Dese orden de ingreso del mencionado imputado recinto penitenciario respectivo. Decisión acordada contra el voto del ministro señor Tomás Gray Gariazzo, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y teniendo, además, en consideración la irreprochable conducta anterior del imputado. Comuníquese por la vía más rápida. Rol Corte: Penal-2-2024 Ruc: 2301434653-8 Rit : O-8227-2023 Resolución incluida en el estado de hoy.
Fallo
se resuelve que se decreta la prisión preventiva del imputado por constituir su libertad un peligro para la sociedad Dese orden de ingreso del mencionado imputado recinto penitenciario respectivo. Decisión acordada contra el voto del ministro señor Tomás Gray Gariazzo, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos y teniendo, además, en consideración la irreprochable conducta anterior del imputado. Comuníquese por la vía más rápida. Rol Corte: Penal-2-2024 Ruc: 2301434653-8 Rit : O-8227-2023 Resolución incluida en el estado de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, uno de enero de dos mil veinticuatro. Sala: Novena Rol Corte: Penal-2-2024 Ruc: 2301434653-8 Rit : O-8227-2023 Juzgado: 8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Marisol Andrea Rojas Moya, señora Carolina S. Brengi Zunino y señor Tomás Gray Gariazzo Relatora: Pecky Valenzuela Digitadora (s): Marcela Calderón Fiscal: Rodrigo Barrera
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