/JUZGADO DE GARANTIA DE CURICO
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 26 de diciembre del presente año comparece don Julio Herrera Rosales, defensor penal privado, interponiendo Recurso de Amparo en favor del imputado adolescente SANTIAGO HERNÁN NÚÑEZ GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad N°22.417.822-0, actualmente privado de libertad en el CIP CRC de Talca, en contra del JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ, por la resolución de 20 de diciembre de 2023, notificada en audiencia de ese mismo día, e inserta en causa RIT 5325-2023 de ese Tribunal, que mantiene la internación provisoria de su representado. Explica que la privación de libertad que afecta a su representado lo es con infracción a los artículos 32 y 33 la Ley N°20.084, puesto que no existen antecedentes que la justifiquen, recordando que existe un estatuto especial para los adolescentes, tal como lo ha señalado la Excma. Corte Suprema en reiterados fallos. En el particular se trata de un adolescente sin ningún antecedente penal previo que, teniendo irreprochable conducta anterior y no habiendo fundamento alguno para sostener que los objetivos procesales no pudieren ser conseguidos con las cautelares del artículo 155 Código Procesal Penal, es evidente que hay una violación al aludido estatuto procesal especial. Por otro lado, también alude a que la privación de libertad del imputado adolescente es de carácter excepcional por lo que, al no fundamentarse o al contradecir los argumentos de fondo y quedarse en lo superficial, se infringen las normas e su estatuto especial. Sumado a esto, existe un informe social que no fue controvertido y que, hecho un análisis acabado, concluye que lo recomendable para el menor es la libertad Asistida, pues cuenta con los recursos mentales y sociales para ello. Finalmente, solicita se revoque la resolución indicada del Juzgado de Garantía de Curicó y se disponga su libertad inmediata, con las cautelares proporcionales a su condición y situación de menor de edad, conforme a la ley especial de responsabilidad
Fundamentos
fundamentos correspondientes y en caso previsto por la ley, razones por las cuales esta acción constitucional no puede prosperar. Séptimo: Que, asimismo, es importante consignar que existe un procedimiento en actual tramitación, dentro del cual los intervinientes pueden hacer uso de los derechos consagrados por la ley penal, relativo a salvaguardar los derechos del imputado y, a la vez, decretar las medidas cautelares personales que a su respecto sean procedentes, para los fines del procedimiento, de manera que la acción constitucional de amparo enderezada es ajena a la situación referida.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Julio Herrera Rosales, defensor penal privado, en favor de SANTIAGO HERNÁN NÚÑEZ GONZÁLEZ, en contra de la resolución dictada el 20 de diciembre de 2023 por el Juzgado de Garantía de Curicó e inserta en causa RIT 5325-2023 de dicho tribunal. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 582-2023/Amparo. EDA/eda
Texto Completo (Preview)
Talca, treinta de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 26 de diciembre del presente año comparece don Julio Herrera Rosales, defensor penal privado, interponiendo Recurso de Amparo en favor del imputado adolescente SANTIAGO HERNÁN NÚÑEZ GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad N°22.417.822-0, actualmente privado de libertad en el CIP CRC de Talca, en contra de
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