9º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

LAGOS/WENG - (LTE) - (CASACION Y APELACION)

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2023

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo además presente: Primero: Que, en relación con los gastos de reparación del alcantarillado del inmueble, el cobro se justifica si se tiene presente que con el mérito de los correos electrónicos de 9 de noviembre, 11 de diciembre de 2018 y 3 de enero de 2019, entre la arrendadora y Talia Siu-Lan Weng, es dable presumir que la modificación de la cláusula 14° fue aceptada por el arrendatario, no solo por cuanto la ocupante del inmueble tomó conocimiento y nada dijo al efecto, sino también porque en la absolución de posición el arrendatario, señor Francisco Correa Montenegro, reconoció que “los pagos los hacia Talía”, que “todos estos tratos los hacían con Talía”, y que “los propietarios hablaban con ella”, es decir, entre los demandados existía un acuerdo, propio de los vínculos afectivos, en orden a que la señora Siu-Lan se haría cargo de dicho asunto, lo que se justifica además por ser ella codeudora solidaria, pareja del arrendador y, junto a éste, ocupante del inmueble con los hijos comunes. Segundo: Que, a lo anterior, se agrega que con anterioridad al siniestro del mes de octubre de 2019, los daños del sistema de agua potable del año 2018, fueron pagados en su integridad por el arrendatario, como lo reconoce en la confesional provocada, por lo que parece razonable el acuerdo a que arribaron en el año 2018, con relación a que ciertos gastos de la naturaleza que se indica, serían solventados por las partes en un 50% cada una. Que por lo razonado y de conformidad además a lo que disponen los artículos 144, 160 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de uno de junio de dos mil veintitrés, dictada por el 9° Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol C- 1107-21. Regístrese y comuníquese. N°Civil-12186-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés. Al folio 22; téngase presente. Vistos y teniendo además presente: Primero: Que, en relación con los gastos de reparación del alcantarillado del inmueble, el cobro se justifica si se tiene presente que con el mérito de los correos electrónicos de 9 de noviembre, 11 de diciembre de 2018 y 3 de enero de 2019, entre la arrend

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