MINISTERIO PUBLICO C/ N.N.
Rol
Fecha
29 de diciembre de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO UNICAMENTE PRESENTE: 1°.- La defensa ha cuestionado la participación del imputado Héctor Orlando Garrido Novoa, en el delito de tráfico ilícito de drogas, señalando que la mera circunstancia de haber sido sorprendido sentado en el living del inmueble donde se realizó la incautación de la sustancia de que se trata, no es suficiente para presumir fundadamente la concurrencia del presupuesto material de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2°.- El Ministerio Público por su parte sostuvo que tal antecedente si constituiría un indicio capaz de presumir su intervención en el delito de tráfico atribuido. 3°.- Esta Corte considera que, tal como lo afirmó la defensa, ese solo indicio no basta para configurar el estándar de prueba que exige la norma, pues no se han aportado elementos corroborativos adicionales que vinculen al mencionado imputado con ese domicilio y con la sustancia estupefaciente encontrada en términos que permitan atribuirle dominio en la conducta de porte, guarda o venta de la droga. 4°.- En consecuencia, ante la ausencia de un presupuesto material de la medida cautelar de que se trata, no corresponde mantener la prisión preventiva ni ninguna otra medida cautelar. Por lo razonado y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de diecinueve de diciembre en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Héctor Orlando Garrido Novoa y en su lugar, se decide que dicho imputado no queda sujeto a cautelar alguna. Acordada con el voto en contra del ministro señor Camilo Álvarez Órdenes, quien estuvo por confirmar la aludida resolución, en virtud de sus propios fundamentos. Dese inmediata orden de libertad al referido imputado si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese y devuélvase. Rol N°1761-2023.-Penal.
Fallo
se decide que dicho imputado no queda sujeto a cautelar alguna. Acordada con el voto en contra del ministro señor Camilo Álvarez Órdenes, quien estuvo por confirmar la aludida resolución, en virtud de sus propios fundamentos. Dese inmediata orden de libertad al referido imputado si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese y devuélvase. Rol N°1761-2023.-Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. Concepción. Concepción, veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO UNICAMENTE PRESENTE: 1°.- La defensa ha cuestionado la participación del imputado Héctor Orlando Garrido Novoa, en el delito de tráfico ilícito de drogas, señalando que la mera circunstancia de haber sido sorprendido sentado en el living del inmueble donde se realizó la incautación de la sustancia de que
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