ESCALONA/TRANSPORTES Y GRUAS VECCHIOLA S.A.
Rol
J-99-2021
Fecha
14 de octubre de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Comparece don Alejandro Antonio Escalona Vergara, cédula de identidad Nº 11.872.879-3, Prevencionista de Riesgos, domiciliado en Hacienda San Agustín N°3156, Villa doña Francisca N°3, Chillan, interpone Demanda Ejecutiva de Cobranza Laboral en contra de Transportes y Gruas Vecchiola S.A., RUT Nº78.590.360-9, representada legalmente, por don Angelo Vecchiola Morales, cédula de identidad Nº 15.027.257-2, ambos con domicilio en Avenida Agustín Samson Sivori N°275, Antofagasta, Solicita despachar mandamiento de ejecución y embargo en contra de la demandada, ordenándose se siga adelante con la ejecución hasta el entero y cumplido el pago de las sumas adeudadas con costas en virtud de los siguientes hechos: Con fecha 12 de julio 2021, arribaron a una Conciliación con la demandada la que fue aprobada por el Tribunal, en los autos laborales T-11-2021 seguidos ante este mismo Tribunal. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el N°1 de la Conciliación: La demandada principal Transportes y Grúas Vecchiola S.A., se obliga a pagar al demandante don Alejandro Escalona Vergara, la suma única y total de $5.536.540, en una sola cuota, pagadera a más tardar el día 09 de Agosto del 2021. Que, de acuerdo al N°3 de la Conciliación se acuerda que: “En caso de incumplimiento en el pago de lo acordado, se hará exigible el total de lo adeudado, como si fuese de plazo vencido con un incremento del 50% sobre el saldo insoluto, a modo de clausula penal convencional”. Que, la demanda no cumplió con los términos de la Conciliación. No realizando el pago dentro del plazo Código: FHJCXBWZEWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acordado, a más tardar el 9 de agosto 2021, y solo realizo el pago recién el 16 de agosto 2021 fuera de plazo, lo que incluso reconoce la ejecutada. Que, señala que corresponde se pague el recargo del 50%, esto es: $2.768.270, más intereses y costas, por su incumplimiento, pago fuera de plazo, d
Fundamentos
motivos plasibles para litigar. RIT: J-99-2021 RUC: 21-3-0254158-K Proveyó don RICARDO ANDRES ALVEAL VENEGAS, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Antofagasta a catorce de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: FHJCXBWZEWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-14T10:32:40-0300
Fallo
se acuerda que: “En caso de incumplimiento en el pago de lo acordado, se hará exigible el total de lo adeudado, como si fuese de plazo vencido con un incremento del 50% sobre el saldo insoluto, a modo de clausula penal convencional”. Que, la demanda no cumplió con los términos de la Conciliación. No realizando el pago dentro del plazo Código: FHJCXBWZEWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acordado, a más tardar el 9 de agosto 2021, y solo realizo el pago recién el 16 de agosto 2021 fuera de plazo, lo que incluso reconoce la ejecutada. Que, señala que corresponde se pague el recargo del 50%, esto es: $2.768.270, más intereses y costas, por su incumplimiento, pago fuera de plazo, de acuerdo a lo acordado en el N°3 de la Conciliación, que su parte extrajudicialmente ha solicitado el cumplimiento de la Conciliación y al efecto el pago del incremento por parte de la ejecutada, pero esta se ha negado, solicita despachar mandamiento de ejecución y embargo en contra de la ejecutada TRANSPORTES Y GRUAS VECCHIOLA S.A, por la suma de $2.768.270, más intereses y costas. SEGUNDO: Que con fecha 04 de abril de 2022, comparece don Henry Canaval Larenas, Abogado, por la parte ejecutada, dentro de plazo legal, opone: 1.- Excepción Nº 14 del articulo 464 del Código de Procedimiento Civil: Nulidad de la Obligación: Señala que la obligación es nula pues no existe. La obligación que se intenta cobrar invocando el supuesto incump
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Antofagasta, catorce de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: PRIMERO: Comparece don Alejandro Antonio Escalona Vergara, cédula de identidad Nº 11.872.879-3, Prevencionista de Riesgos, domiciliado en Hacienda San Agustín N°3156, Villa doña Francisca N°3, Chillan, interpone Demanda Ejecutiva de Cobranza Laboral en contra de Transportes y Gruas Vecchiola S.A., RUT Nº78.590.360-9, representada legal
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