CLARKE/ARZOBISPADO DE LA SERENA Y OTROS
Rol
Fecha
29 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el diecisiete de agosto de dos mil veintitrés comparece Carolina Andrea García Orcaistegui y Matías Alfonso Rivera Olivos, abogados, en favor de Solange Evelyne Clarke Valdivia, interponiendo recurso de protección en contra de la Iglesia Católica de Chile -Arzobispado de La Serena- y en contra del Instituto Religioso Hermanas Franciscanas Misioneras de Jesús Arquidiócesis de la Ciudad de La Serena. Exponen que el 24 de julio del presente año, su representada recibió de parte de la Hermana Verónica Collao, una carta dirigida al domicilio particular de su representada, invitándola a visitar el convento y congregación para conversar sobre la investigación eclesiástica iniciada, pero sin la comparecencia de sus abogados. Posterior a la recepción de la carta, esa abogada, el 31 de julio del presente año envío por correo electrónico la respuesta a la misiva, acompañando nuevamente el mandato judicial que les permite la representación legal y judicial de doña Solange Clarke, dirigida a la Hermana Verónica Collao, de la cual no han tenido respuesta ni acuso de recibo. En el contexto de los complejos momentos que vive la Iglesia Católica de Chile, el 10 de marzo del año 2022, su representada concurrió personalmente al Arzobispado de la Serena, con la finalidad de poner término a un tormentoso acontecimiento que por años soportó, ocultó y fue obligada a callar y perpetuar el silencio en su vida como religiosa, monja interna en la congregación de Hermanas Franciscanas Misioneras de Jesús. Lamentablemente este silencio provocó un daño interno en todos los aspectos de la vida de su representada, desde lo físico hasta lo psicológico. Fue en aquella oportunidad en donde doña Solange Clarke Valdivia, concurrió a una reunión por temas laborales al Arzobispado de La Serena, en donde denunció ante la religiosa Marlene Núñez Campusano (religiosa de la misma Congregación) encargada de recibir a personas que han sido víctimas de abusos sexuales por miembros de la Iglesia Católica, entregando la declaración detallada de los hechos ocurridos durante su permanencia como religiosa en la Comunidad Hermanas Franciscanas Misioneras de Jesús, hechos de carácter grave de los que fue víctima por años, incluso después de haber renunciado a su vida religiosa. Posterior a la denuncia de fecha 10 de marzo ante el Arzobispado de La Serena, la Congregación de las Hermanas Franciscanas Misioneras de Jesús, por medio de su Hermana Superiora doña Verónica Collao Aguirre, nombraron a un investigador canónico para realizar el proceso de investigación y probatorio, la persona nombrada para dicha investigación fue el sacerdote Ángel Pizarro Chirino, quién citó a una declaración el día 20 de agosto de 2022 (más de cinco meses de espera), provocando nuevamente una revictimización en Solange. Destaca que el sacerdote Ángel Pizarro Chirino la citó un día sábado a las 8:00 am en la Parroquia Nuestra Señora de las Mercedes ubicada en Vitacura, en donde tuvo que re
Fallo
por estas razones y entre otras, se acciona en esta rama civil en esta especie, desde que se considera que ciertamente prima en Solange Clarke Valdivia su condición de ciudadana chilena, con derechos y obligaciones, antes de su condición de ex religiosa o perteneciente a la Congregación Hermanas Franciscanas Misioneras de Jesús y por ello, el pleno derecho al reclamo, por la afectación que se le hizo en relación de esta garantía del art. 19 N° 4 de la carta fundamental. Por estas consideraciones, solicita se declare la nulidad del procedimiento “investigación previa” incoado por derecho 103-2018 de la recurrida. Para el evento incierto que los antecedentes hubieren sido enviados al Vaticano, sede de la Santa Sede de la Iglesia Católica, se solicite su devolución para los efectos del nuevo orden que se pide, si le parece a la recurrida instruir un nuevo proceso de “investigación previa” de cargo de un sacerdote investigador distinto al presbítero Ángel quien ya emitió opinión en la causa. Acompaña los siguientes documentos: 1) Mandato Judicial del compareciente para actuar por su mandante, conforme indicación realizada en la comparecencia; 2) Correo electrónico enviado por su parte a la Hermana Verónica Collao, dando cuenta de la recepción de la carta enviada a su representada, sin indicar el resultado de la investigación; 3) Cadena de conversaciones con el Arzobispo de La Serena, Rene Rebolledo; 4) Cadena de conversaciones por al vía Whatsapp entre su representada y la Herm
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Clarke Valdivia, Evelyne y otro Iglesia Católica de Chile y otros Recurso de protección Rol N°2015-2023.- La Serena, veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el diecisiete de agosto de dos mil veintitrés comparece Carolina Andrea García Orcaistegui y Matías Alfonso Rivera Olivos, abogados, en favor de Solange Evelyne Clarke Valdivia, interponiendo recur
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