NN C/ NERI ALFONSO LA REGLA GARCES
Rol
Fecha
29 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: 1°.- Que la defensa del imputado Neri Alfonso La Regla Garcés, se alzó en contra de la resolución de veintiuno de diciembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Santa Juana, que decretó la prisión preventiva del imputado, quien se encuentra formalizado por el delito de violación de mujer mayor de 14 años. Cuestiona la defensa el presupuesto material de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal y consecuencialmente la necesidad de cautela de la letra c) de la misma disposición; en cuanto al primer aspecto porque sólo existiría la declaración de la víctima sin que los hechos que ésta asevera sean corroborados por otra prueba independiente; la necesidad de cautela en consecuencia, sostiene la defensa, decae y no sería necesaria ya necesaria la cautelar más intensa. 2°.- Que de acuerdo a lo manifestado por la representante del Ministerio Público en estrados, consta en la investigación el parte policial que da cuenta de los hechos denunciados por la víctima, quien fuera encontrada en la vía pública por una funcionaria de la Municipalidad de Santa Juana, quien al verla con evidentes golpes en su rostro le consulta qué le ocurrió, narrándole la víctima los hechos; consta igualmente la declaración de otro funcionario municipal, conductor del vehículo en el que se trasladó a la víctima al hospital de Santa Juana a constatar lesiones. En el mismo parte consta igualmente que a continuación la víctima fue traslada al Hospital Regional Guillermo Grant Benavente para su examen especifico de lesiones sexuales, dejándose constancia en el informe respectivo que presenta lesiones en su rostro, extremidades superiores, una mama y en una extremidad inferior, todo lo cual resulta compatible con una agresión sexual. Si bien es efectivo, como lo sostiene la defensa, que consta como imputación directa sólo la declaración de la víctima, lo cierto es que existe todo un contexto dado por la declaración de los testigo
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiuno de diciembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Santa Juana, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Neri Alfonso La Regla Garcés. Comuníquese al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-1753-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CQF/rtp Concepción, veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: 1°.- Que la defensa del imputado Neri Alfonso La Regla Garcés, se alzó en contra de la resolución de veintiuno de diciembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Santa Juana, que decretó la prisión preventiva del imputado, quien se encuentra formaliza
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