SIN INFORMACION

ALVARADO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES REGION DE TARAPACA

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS:  Con fecha 27 de noviembre del año en curso comparecen el abogado Jorge Correa Fuentes en favor de Annigie Yajaira Alvarado Elias, ciudadana peruana, pasaporte 223006721, de domicilio para estos efectos en Rancagua, y deduce acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la negativa acoger a tramitación su solicitud de residencia temporal. Relatan que la recurrente realizó la solicitud el 16 de mayo de 2023, ingresada bajo el N° 64404722, para lo cual cumpliría con todos los requisitos para ello, sin perjuicio de lo cual, habiendo transcurrido 6 meses, aún no ha recibido respuesta por parte del Servicio recurrido, manteniéndose en una constante preocupación e incertidumbre, toda vez que, sin perjuicio de contar con la autorización para ejercer actividades remuneradas, mientras se encuentre en análisis la solicitud de residencia temporal, estima que dicha demora implica una inestabilidad emocional y un estado de indefensión. Alega, que el actuar de la recurrida vulnera la garantía constitucional de igualdad ante la ley, e infringe diversos principios contenidos en la Ley N°19.880, solicitando en definitiva que se acoja su acción y en virtud de ello, se ordene a la recurrida a que se pronuncie sobre la solicitud de residencia temporal, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Acompaña los siguientes antecedentes: 1.Comprobante de envío de solicitud de residencia temporal de la parte recurrente. 2.Pasaporte de la parte recurrente. A folio 4 compareció el Servicio Nacional de Migraciones. Requiriendo el rechazo de la presente acción. Refiere el historial migratorio de la extranjera, señalando que su solicitud de residencia temporal por reunificación familiar se encuentra actualmente en trámite, en etapa de análisis de “reunificación familiar”. Agrega que lo anterior, dentro de un plazo razonable y en las etapas finales de la solicitud, que la recurrente pide la reunificació

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Annigie Yajaira Alvarado Elias, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 3.404 -2023 Protección. “Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema.”

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua  Rancagua, veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS:  Con fecha 27 de noviembre del año en curso comparecen el abogado Jorge Correa Fuentes en favor de Annigie Yajaira Alvarado Elias, ciudadana peruana, pasaporte 223006721, de domicilio para estos efectos en Rancagua, y deduce acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la negativa acoge

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