TRUGEDA MAILLARD EUGENIO JUAN MIGUEL /CASA DE REPOSO BUONAVITA CHICUREO (INVERSIONES EL AGUILA SPA)
Rol
Fecha
29 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Se interpone recurso de amparo por Valentina Paola Retamal Videla en representación de Loreto Magdalena Mussa Trugeda en favor de Juan Miguel Trugeda Maillard, adulto mayor, en contra Casa de Reposo Boupor (inversiones el Águila Spa) el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en el hecho de no poder acceder libremente a tener comunicación con su padre internado en dicha casa de reposo, ni poder tener conocimiento de su estado de salud, no poder acceder a su ficha médica y el no poder salir de la residencia sin la expresa autorización de uno de sus hijos, Antonio Trugeda, quien figura como apoderado. Con lo anterior entiende se vulneran las garantías constitucionales contempladas en el artículo 21 en concordancia con el artículo 19 N° 7 en relación al artículo 1 de la carta fundamental. Indica que el amparado no se encuentra bajo interdicción, por lo que legalmente es plenamente capaz y no requiere que alguien vise sus visitas ni autorice sus salidas. Por lo anterior, entiende que su abuelo se encuentra ilegal y arbitrariamente privado de libertad, sumado a que toda la información respecto de él se ha mantenido en secreto, incluso para su apoderado. En consecuencia, previa cita de jurisprudencia y normativa que considera pertinente para su pretensión, pide a esta Corte acoger el recurso, ordenando reestablecer el imperio del derecho y adoptando en consecuencia las medidas que permitan asegurar la libertad personal y seguridad del amparado, Eugenio Juan Miguel Trugeda Maillard, de forma que se le permita salir del hogar en que reside cuando este lo desee, sin más trámite y sin requerir autorización especial de “apoderado alguno”, y a su vez, adoptar las medidas necesarias para asegurar la libertad personal y seguridad del amparado de forma que se le dé a él y a su familia, acceso a sus propios antecedentes médicos e información contractual, o las medidas que en definitiva se estime pertinentes conforme a los hechos y vulneraciones denunc
Fallo
Por estas razones y de conformidad a lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Juan Miguel Trugeda Maillard, en contra de la Casa de Reposo Boupor. Regístrese y archívese. N°Amparo-3019-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. Santiago Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: Primero: Se interpone recurso de amparo por Valentina Paola Retamal Videla en representación de Loreto Magdalena Mussa Trugeda en favor de Juan Miguel Trugeda Maillard, adulto mayor, en contra Casa de Reposo Boupor (inversiones el Águila Spa) el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en el hecho de no pode
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