FISCALIA ARICA C/ JORGE ANDRES SALCEDO ORTIZ
Rol
Fecha
28 de diciembre de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Con el mérito de lo expuesto por las partes, los antecedentes allegados y constatando que concurren todos y cada uno de los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal, atendida la gravedad de la pena asignada al delito, haber actuado los imputados en grupo o pandilla y presentar ambos antecedentes penales pretéritos, SE CONFIRMA la resolución de diecisiete de diciembre del año en curso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en relación a Jorge Andrés Salcedo Ortiz y Maycol Alexis Bustos Tobar, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 971-2023 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica En Arica, a veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Primera Sala Rol: 971-2023 Penal Ruc: 2301381301-9 RIT: 8408-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministro señor José Delgado Ahumada, Fiscal Judicial (S) señor Óscar Huenchual Pizarro y la Abogada Integrante señora Sandra Negretti Castro Relator (a): Jaqueline Cofré García
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