SIN INFORMACION

VIVAR/CORPORACIÓN MUNICIPAL DE PUNTA ARENAS, PARA LA EDUCACIÓN, SALUD Y ATENCIÓN AL MENOR

Rol

Fecha

28 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece ante esta Corte de Apelaciones Robinson Andrés Quelín Álvarez, abogado, e interpone acción de protección en favor de Gladys Del Carmen Vivar Mayorga, RUT: 8.168.056-6, chilena, empleada, domiciliada en calle Portón Lord Lonsdale Nº 503, de la Comuna De Punta Arenas, en contra de la Corporación Municipal De Educación, RUT 70.931.900-0, representada legalmente por doña Elena Alejandra Blackwood Chamorro, RUT 7.241.595-7, o por quien legalmente represente o subrogue sus derechos, ambas con domicilio para estos efectos en calle Jorge Montt Nº 890, de la Comuna De Punta Arenas. Relata que COMPIN Y SUCESO resolvió rechazar las reclamaciones interpuestas contra las resoluciones que rechazan las licencias médicas de la actora y de acuerdo a la información remitida por correo electrónico el día 22 de noviembre de 2023 por parte de la Corporación Municipal De Educación Y Salud De Punta Arenas, se solicita al departamento de Remuneraciones que realice el reintegro correspondiente a la licencia médica número 14388038, la cual fue descontada en el periodo de mayo-junio. Y, en relación a las licencias médicas números 14483533 y 14714402, al estar a firme el rechazo por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) conforme a lo estipulado en nuestro reglamento interno y el Decreto Supremo número 3 del Ministerio de Salud, se procederá con los descuentos pertinentes. Agregan en dicha comunicación que, sin perjuicio de lo anterior, en caso de que estas licencias médicas sean autorizadas posteriormente, se llevará a cabo el reintegro del monto descontado. Relata los argumentos de su apelación al rechazo de las licencias médicas y jurisprudencia relativa a la restitución de pago de licencias médicas rechazadas sin tope y, entiende que se han vulnerado los derechos consagrados en el articulo 19 n°1, 2 y 24 de la Constitución Política de la Republica. Solicita, se acoja la acción y se restablezca el imperio del derecho y, en definitiva: 1.- Ordenar a las Recur

Fundamentos

motivos de forma la desestime, actúe de oficio y proceda como corresponde en derecho, acogiendo el recurso de protección, de acuerdo con las facultades legales con las que cuenta y la documental que se acompaña. Acompaña resoluciones que rechazan las licencias médicas de la isapre vida tres, números 4-14388038, 4-14483533, 4-14714402 Y 3- 87386933, resolución de SUCESO de fecha 14 de noviembre de 2023, Resolución Compin Magallanes Resolución Exenta Nº 121-23-005596 Fecha: 03/07/2023, Resolución Compin Magallanes Resolución Exenta Nº 121-23-005597 Fecha: 03/07/2023, Resolución Compin Magallanes Resolución Exenta Nº 121-23-005598 Fecha: 03/07/2023, 2 informes sicológicos de la recurrente de autos, realizad por el PSICÓLOGO SR. Juan Manuel Gómez Vera, del mes de junio y julio de 2023, certificado de estado de trámite de SUCESO de fecha 20 de noviembre de 2023, que da cuenta que, no se han agotado las etapas e instancias administrativas de parte de la recurrida, no obstante, el extenso y largo periodo transcurrido desde el ingreso de las reclamaciones (apelaciones) deducidas contra la decisión infundada e inmotivada de COMPIN MAGALLANES, Formulario ingreso GES por Patología Nº 34, Informe Médico Dr. Lagos y Dra. Munita, Informe médico progenitora de la recurrente de autos, del Hospital Clínico De Magallanes, Del Departamento De Cuidados Paliativos, Unidad De Oncología, emitido por el DR. Ramón Lobos Vásquez, y de atención de cuidados domiciliarios de la progenitora de la actora y Correo electrónico remitido por la empleadora de la actora CORMUPA de fecha 22 de noviembre de 2023, que da cuenta que la referida entidad comete acto arbitrario e ilegal. Informa, LAURA MIRANDA DAHDAL, Abogada, por la recurrida Corporación Municipal de Punta Arenas, para la Educación, Salud y Atención al Menor de Punta Arenas, quien solicita el rechazo del recurso, con costas. Refiere que el correo copiado en el recurso corresponde a la respuesta de una solicitud enviada por la misma vía por doña Gladys Vivar. Aclara que la Superintendencia de Seguridad Social a través de su Resolución Exenta N° R-01-UME-150293-2023 de fecha 14 de noviembre de 2023 determinó mantener el rechazo de las 2 licencias médicas que se individualizan en el correo electrónico. Advierte que no se vislumbra ningún acto arbitrario e ilegal por parte de Corporación Municipal de Punta Arenas respecto de la recurrente, ya que se ha actuado en todo momento de acuerdo a la normativa y al reglamento de licencias médicas señalados por la Sa. Ojeda, en atención a que claramente, en virtud de lo resuelto por la Superintendencia de Seguridad Social, respecto de la licencia médica autorizada, esto es la Nº 14388038-9 que fuera originalmente descontada de la remuneración de mayo – junio, se solicitó el reintegro de dicho descuento. Hace presente que en la liquidación de remuneraciones de la recurrente, correspondiente al mes de noviembre de 2023, aparece en el ítem “Haberes” la “Devolución reintegro de licenci

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la Republica, y por el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo de esta clase de recursos, de veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y dos y sus modificaciones, SE RECHAZA, el recurso de protección interpuesto por el abogado Robinson Andrés Quelin Alvaraz en favor de Gladys del Carmen Vivar Mayorga, en contra de la Corporación Municipal de Punta Arenas, todos ya individualizados. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 14 del referido Auto Acordado. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. ROL N°606-2023- PROTECCIÓN.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece ante esta Corte de Apelaciones Robinson Andrés Quelín Álvarez, abogado, e interpone acción de protección en favor de Gladys Del Carmen Vivar Mayorga, RUT: 8.168.056-6, chilena, empleada, domiciliada en calle Portón Lord Lonsdale Nº 503, de la Comuna De Punta Arenas, en contra de la Corporación Municipal De Educación, R

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