PROTECCIÓN Y CONTROL PATRIMONIAL SPA O SECURITY GUARD/SSERVICIO DE SALUD DE ANTOFAGASTA
Rol
Fecha
28 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA CON COSTAS
Hechos
VISTOS: La comparecencia de don Pablo Baeza Alarcón, abogado, en representación de la empresa Protección y Control Patrimonial SpA., RUT N° 77.102.244-8, representada legalmente por don Mauricio Navas Moya, quien deduce acción de protección en contra del Servicio de Salud de Antofagasta, a su vez representado por su Director, don Francisco de Paula Grisolia Cirera, por realizar actos que amenazan y privan ilegal y arbitrariamente las garantías constitucionales establecidas en los números 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando a esta Corte de Apelaciones, adoptar todas las medidas y providencias pertinentes, necesarias y conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de sus derechos. Informó el Servicio de Salud Antofagasta, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte recurrente funda su acción señalando que con fecha 26 de febrero de 2020, mediante Resolución Afecta N° 004, el Servicio de Salud aprobó las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la propuesta pública N° 108/2019 denominada “Contratación servicio de vigilancia y seguridad para la red asistencial región de Antofagasta”, bajo el ID 769-15-LR20, en las que se reguló la garantía del servicio, exigiendo una “Garantía Bancaria de Fiel Cumplimiento del Contrato y Buena Ejecución de los Servicios”. Luego, en lo pertinente, en el punto XI se reguló lo relativo a la suscripción del contrato; en el punto XII lo referido al precio del contrato; en el punto XIII, la vigencia del contrato; en el punto XVI la forma de pago; y, en el punto XVII la terminación anticipada del contrato. Acto seguido, con fecha 25 de mayo de 2020, mediante Resolución Exenta N° 1506, la recurrida adjudicó la propuesta pública a la actora, Protección y Control Patrimonial SpA. en unión temporal con Valle del Huasco Limitada y Global Services SpA. Precisa que con fecha 09 de junio de 2020, se suscribió el contrato de la propuesta pública N° 108/2019, entre el recurrente y la recurrida, sin indicar en el mismo a la unión temporal de proveedores, debiendo suscribirse nuevamente el contrato por el mismo servicio el 01 de octubre de 2020, siendo este aprobado mediante Resolución Exenta N° 47/2020. Posteriormente, precisa que con fechas 19 de noviembre de 2020, 28 de diciembre de 2020 y 05 de agosto de 2021, las resoluciones exentas que aprobaron el mencionado contrato, fueron representadas por la Contraloría Regional por no ajustarse a derecho. Luego, detalla las resoluciones exentas dictadas entre el 25 de mayo de 2020 y el 05 de agosto de 2021, mediante las cuales se dispusieron reiteradas revocaciones al proceso de licitatorio, así como las resoluciones que dejaron sin efecto tales revocaciones, proceso que según informa, concluyó con fecha 14 de octubre de 2021, mediante la dictación de la Resolución Exenta N° 032 del Servicio de Salud de Antofagasta, que aprueba el contrato suscrito por las partes con fecha 01 de octubre de 2020, respecto de la cual, finalmente, la Contraloría Regional tomó razón con fecha 29 de noviembre de 2021. De lo anterior, sostiene que resulta indiscutible que el proceso de licitación sufrió un retraso atribuible al Servicio de Salud de Antofagasta, desde que, como señala la Contraloría Regional de Antofagasta, la recurrida no acompañó los antecedentes en los términos del N° 9 del artículo 22 del Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886, ni tampoco los certificados de habilidad del registro de proveedores. Agrega que la vigencia del contrato era de 24 meses, a partir de la fecha de suscripción de la respectiva acta de inicio de los servicios, con opción de renovación por igual o menor período y que, en ningún caso, este quedó sujeto a la toma de razón. De esta
Fallo
por tanto, corresponde el pago de reajustes de julio de 2021 y julio de 2020, que suman $341.535.652, según detalle indicado en el recurso; 6.- Que se ordene al Servicio de Salud de Antofagasta, corregir el pago efectuado a los trabajadores, respecto de las cotizaciones previsionales del mes de mayo de 2023, debiendo informar que el pago corresponde al empleador recurrente, a cada institución de seguridad social y previsional que haya informado erróneamente el pagado (FONASA, AFC, AFP, MUTUAL); 7.- Que, sin perjuicio de lo anterior, se dispongan todas las demás medidas que esta Corte estime del caso decretar para dar un efectivo resguardo a los derechos de la actora; y, 8.- Que, se condene ejemplarmente en costas a la recurrida. SEGUNDO: Que informó Claudia Rivera Fernández, abogada, en representación del recurrido Servicio de Salud Antofagasta, solicitando el rechazo del recurso de protección en todas sus partes por no existir acto u omisión arbitraria o ilegal por parte del Servicio de Salud. Luego de detallar las alegaciones de la actora y precisar las etapas del proceso de licitación que finalizó con su adjudicación de la propuesta pública denominada “Contratación servicio de vigilancia y seguridad para la red asistencial región de Antofagasta”, informando derechamente el recurso, expone que, de conformidad a las bases de licitación, el contratista debía observar y dar cabal cumplimiento a las disposiciones de Código del Trabajo y leyes complementarias, y a las obligaci
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de don Pablo Baeza Alarcón, abogado, en representación de la empresa Protección y Control Patrimonial SpA., RUT N° 77.102.244-8, representada legalmente por don Mauricio Navas Moya, quien deduce acción de protección en contra del Servicio de Salud de Antofagasta, a su vez representado por su Director, don Franci
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica