C/ FABINNN ANTONIO REYES FLORES
Rol
Fecha
28 de diciembre de 2023
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Lo expuesto por las partes en la audiencia y los antecedentes obtenidos del sistema computacional de causas. Y teniendo, además, presente: Que lo discutido en esta audiencia es la necesidad de cautela como requisito para decretar la medida cautelar personal de prisión preventiva. En ese sentido, a juicio de esta Corte, no obstante las anotaciones penales anteriores del imputado Reyes Flores, en el caso de una eventual condena, podría aplicarse alguna de las penas sustitutivas que establece la Ley N° 18.216 y, en consecuencia, la medida cautelar personal impuesta por el a quo, resulta proporcional a los hechos investigados. Por los
Fundamentos
fundamentos señalados y lo dispuesto en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiséis de diciembre del año en curso, dictada por el Quinto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa Rit 3611-2023, que decretó la medida cautelar personal de arresto domiciliario total, establecida en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra señora Marisol Rojas Moya, quien fue de opinión de revocar la referida resolución e imponer la prisión preventiva del imputado, teniendo presente la pena asignada al delito en abstracto, el bien jurídico protegido que es la salud pública y la peligrosidad por reiteración en el tiempo de delitos de la misma naturaleza, lo que hacen presumir que una medida cautelar personal de menor intensidad a la prisión preventiva no disuadirá al imputado. Dése orden de libertad si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Novena Rol Corte: Penal-6592-2023 Ruc: 2301411717-2 Rit : O-3611-2023 Juzgado: 5° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señora Marisol Andrea Rojas Moya y el Abogado Integrante señor Óscar Torres Zagal Relatora: Nicole Ramírez C. Digitador (a): Ximen
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica