DOMINGO AVELINO RAMOS AVELLO CON FISCO DE CHILE - CONSEJO DEFENSA DEL ESTADO
Rol
Fecha
28 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Que de la manera que se indicó en el
Fundamentos
considerando 24° del
Fallo
fallo de alzada los reajustes con que se ha de pagar la indemnización por concepto de daño moral otorgada, han de correr desde el mes anterior a que el fallo quede ejecutoriado hasta el mes anterior al de su pago efectivo. De la misma forma los intereses se deberán pagar desde que el demandado caiga en mora y hasta su pago efectivo. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia apelada de treinta de mayo de dos mil veintidós, dictada en causa Rol C-6267-2019, del ingreso del Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción. Regístrese y devuélvase. Redacción de la ministra Viviana Iza Miranda. N°Civil-2227-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CNA/rtp Concepción, veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Que de la manera que se indicó en el considerando 24° del fallo de alzada los reajustes con que se ha de pagar la indemnización por concepto de daño moral otorgada, han de correr desde el mes anterior a que el fallo quede ejecutoriado hasta el mes anterior al de su pago efectivo
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