TESORERIA PROVINCIAL DE SAN FELIPE/ROJAS
Rol
Fecha
27 de diciembre de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, REMATE ART. 185
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que el demandado Héctor Alonso Collantes Segovia apela la resolución dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Felipe, que no dio lugar al abandono de procedimiento alegado por su parte, únicamente porque algunos de los demandados no se encontraban todavía emplazados, de manera que la relación procesal y el juicio no estaban trabados. Segundo: Que, si bien el procedimiento se sigue en contra de veinticinco personas, no se trata de una obligación con múltiples deudores, sino de veinticinco obligaciones distintas por concepto de contribuciones territoriales, que los demandados adeudan en su calidad de propietarios o poseedores de diferentes bienes raíces. Tercero: Que, como las obligaciones que se persiguen son distintas, la relación procesal se traba, en sede civil, respecto de cada deudor, desde que se le notifica por cédula la resolución que tiene por recibido los antecedentes administrativos y que fija la fecha del remate, actuación judicial que en este caso se practicó con fecha veintitrés de septiembre del año dos mil diecinueve, cuya validez no ha sido cuestionada por las partes. Cuarto: Que, en la especie, el deudor no opuso excepciones a la ejecución y, desde que fue notificado por cédula, trascurrieron más de tres años sin que el Servicio de Tesorerías efectuara alguna gestión útil para obtener el cumplimiento forzado de la obligación, por lo que se cumple el supuesto establecido en el artículo 153 inciso 2° del Código de Procedimiento Civil, para declarar abandonado el procedimiento. Quinto: Que, por último, atendido que la parte demandante no se opuso al abandono, no se le condenará en costas.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veinte de octubre del año dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Felipe, en autos RIT C-2027-2019 y, en su lugar, se acoge el incidente de abandono del procedimiento formulado por el contribuyente Héctor Alfonso Collantes Segovia, declarándose, en consecuencia, abandonado el procedimiento de cobro únicamente respecto de aquel deudor. Notifíquese y devuélvase. N°Civil-3346-2023.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso. Cgv Valparaíso, a veintisiete de diciembre de dos mil veintitrés. Visto y considerando: Primero: Que el demandado Héctor Alonso Collantes Segovia apela la resolución dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Felipe, que no dio lugar al abandono de procedimiento alegado por su parte, únicamente porque algunos de los demandados no se encontraban todavía emplazados, de ma
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