4º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

GBV CAPITALES S.A./MARÍA MARCELA FREZ VEGA. TERC.EXC. ENZO BERNARDO FREZ VEGA

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2023

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y en especial el mérito de la certificación receptorial previa a la resolución recurrida así como la de 10 de octubre, posterior a ella, aparece que los requisitos que el artículo 6 de la Ley 18.101, establece para la entrega de la propiedad se encuentra adecuadamente cumplidos. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veinte de septiembre del año en curso, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de San Miguel, en los autos Rol 5875-2018 y, en su lugar, se declara que se debe efectuar la restitución del inmueble sublite a la parte demandante, debiendo levantar acta del estado de éste por ministro de fe, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6 inciso segundo de la Ley 18.101. Devuélvase. N° 2178-2023- Civil.

Fallo

se declara que se debe efectuar la restitución del inmueble sublite a la parte demandante, debiendo levantar acta del estado de éste por ministro de fe, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6 inciso segundo de la Ley 18.101. Devuélvase. N° 2178-2023- Civil.

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San Miguel, veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y en especial el mérito de la certificación receptorial previa a la resolución recurrida así como la de 10 de octubre, posterior a ella, aparece que los requisitos que el artículo 6 de la Ley 18.101, establece para la entrega de la propiedad se encuentra adecuadamente cumplidos. Y de conform

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