SIN INFORMACION

UNIVERSIDAD SEK/11° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO - (LTE)

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos y considerando. PRIMERO: Comparece Patricio Felipe Gajardo Delgado, abogado, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 13 de Julio de 2023, pronunciada por el 11º Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C-10276-2023, en los cuales actúa en representación de la ejecutante. Indica que por resolución de 05 de Julio de 2023, se ordenó acompañar copia física del pagaré de autos a la custodia del tribunal, resolución en contra de la cual repuso y apeló en subsidio toda vez que dicho pagaré, con firma electrónica avanzada, fue acompañado junto a la demanda y entregado físicamente el 22 de Junio de 2023, quedando bajo la custodia número 5751-2023. Cita los artículos 2 letra a) y 6 de la ley Nº 20.886. Añade que la resolución recurrida de hecho además de rechazar la reposición, rechazó igualmente su apelación subsidiaria fundada en una supuesta improcedencia basada en los artículos 158 y 188 del Código de Procedimiento Civil. Recalca que la Ley Nº 20.886 eliminó el requisito esencial de la entrega material de un documento en formato electrónico con la debida firma electrónica de un Notario Público y que por lo demás, el pagaré en cuestión fue entregado físicamente y guardado en la custodia del tribunal. SEGUNDO: Informando la juez recurrida, señala que la resolución de 13 de julio de 2023 rechazó la reposición de la ejecutante pues es menester que se acompañe el original del pagaré y el acompañado no tiene la naturaleza de documento electrónico; y declaro inadmisible la apelación subsidiaria por estimar que la resolución apelada no constituye un auto o decreto que altere la sustanciación regular del juicio o recaiga sobre trámites que no están expresamente ordenados en la ley. Sostiene que la resolución recurrida de 04 de julio de 2023, al no fallar un incidente o sobre trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, tiene sólo por objeto determinar o arreglar la substanciación del proceso, es un decreto que al pospone

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 158, 181 inciso segundo, 188 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se omite pronunciamiento respecto del recurso de hecho interpuesto por el abogado Patricio Felipe Gajardo Delgado en representación de la ejecutante, en contra de la resolución de 13 de Julio de 2023, pronunciada por el 11º Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C-10276-2023. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-10878-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y considerando. PRIMERO: Comparece Patricio Felipe Gajardo Delgado, abogado, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 13 de Julio de 2023, pronunciada por el 11º Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C-10276-2023, en los cuales actúa en representación de la ejecutante. Indica que por resoluc

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