SIN INFORMACION

RAMÍREZ/GARANTIA DE CALAMA

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado Omar Beltrán Valle en representación de Carlos Cristian Ramírez Leaño, en relación con la causa sobre delito de giro doloso de cheques, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Calama, causa Rol de Ingreso tribunal de origen O-306-2023, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 4 de diciembre de 2023 que declaró inadmisible su recurso de apelación. Explica el recurrente que apeló el rechazo de su solicitud de corrección de vicios formales y en subsidio apeló el rechazo de las excepciones de previo y especial pronunciamiento. Luego, transcribe la resolución en que el tribunal a quo declaró inadmisible su recurso de apelación. Estima que dicha decisión no se ajusta a derecho, puesto que la resolución sería apelable conforme al artículo 370 letra a) del Código Procesal Penal, solicitando en definitiva acoger su recurso, que se remitan los antecedentes respectivos y retenerlo para el conocimiento de su recurso, con costas. SEGUNDO: Que el Juzgado de Garantía de Calama remitió los antecedentes de la causa que incide en el presente recurso, desprendiéndose de estos, que el recurrente de hecho dedujo recurso de apelación en contra de la resolución dictada por dicho tribunal el 28 de noviembre de 2023 que rechazó su petición de corrección de vicios formales del procedimiento y subsidiariamente la excepción de previo y especial pronunciamiento, conforme se desprende de la resolución dictada el 6 de diciembre de 2023 que complementa la resolución de fecha 4 de diciembre del mismo año, por la cual, el tribunal declaró inadmisible la apelación. TERCERO: Que para dirimir la controversia, respecto a la procedencia del recurso de apelación, debe estarse necesariamente a lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, el que prescribe lo siguiente: “Las resoluciones dictadas por el juez de garantía serán apelables en los siguientes casos: a) Cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días, y b) Cuando la ley lo señalare expresamente.” Conforme a la norma transcrita, necesariamente deberá rechazarse el presente recurso de hecho, puesto que la resolución que no da lugar a la corrección de vicios formales y en el mismo sentido a la excepción deducida por el recurrente, no pone término al procedimiento, de hecho este sigue ventilándose en el tribunal a quo, razón por la cual, no se cumple la primera hipótesis establecida por el legislador para la concesión del recurso de apelación. Finalmente, tampoco la ley contempla expresamente la procedencia del recurso, para la decisión que el recurrente impugnó en el procedimiento penal, puesto que conforme al artículo 271 del Código Procesal Penal, procederá la apelación en contra de la resolución del juez que se pronuncie sobre las excepciones de incompetencia, litis pendencia y falta de autorización para proceder criminalmente. Sin embargo, conforme al auto de apertura

Fallo

Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en el artículo 370, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por el abogado Omar Beltrán Valle en representación de Carlos Cristian Ramírez Leaño, en relación con la causa sobre delito de giro doloso de cheques, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Calama, causa rol de Ingreso tribunal de origen O-306-2023, en contra de la resolución dictada el 4 de diciembre de 2023 complementada con fecha 6 de diciembre del mismo año que declaró inadmisible su recurso de apelación. Regístrese y comuníquese. Remítanse los antecedentes al Juzgado de Garantía de Calama para los fines pertinentes. Rol 1628-2023 (PENAL)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado Omar Beltrán Valle en representación de Carlos Cristian Ramírez Leaño, en relación con la causa sobre delito de giro doloso de cheques, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Calama, causa Rol de Ingreso tribunal de origen O-306-2023, deduciendo recurso de hecho en contra de la

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