HUGO CASTRO TEJEDA CONTRA CONSEJO SUPERIOIR DE DISCIPLINA DEL CUERPO DE BOMBEROS DE SAN JOSE MAIPO
Rol
Fecha
26 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece don Hugo Castro Tejeda, para interponer acción constitucional de protección en su favor con domicilio en pasaje 3 N° 089, comuna de San José de Maipo, en contra del Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de San José de Maipo representado legalmente por don Juan Flores Cuevas, en razón del acto ilegal y arbitrario por el que se resolvió su desvinculación permanente, vulnerando las garantías a la integridad física y psíquica, igualdad ante la ley y a un procedimiento e investigación racional y justo y propiedad, establecidas en los numerales 1, 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que, el 29 de septiembre del año en curso, fue citado a sesión por la recurrida, desconociendo los
Fundamentos
motivos de ello, en dicha sesión se le indicó su expulsión, y que esta sanción correspondía en base al protocolo de acoso, abusos y discriminación del Cuerpo de Bomberos, sin señalar quien o quienes eran los denunciantes, así como tampoco la manera en que se habrían efectuados las infracciones, ante las irregularidades interpuso recurso de apelación. Manifiesta que no existe fundamento a la sanción decretada y, más grave aún, ésta se realizó con muchas irregularidades, a través de un procedimiento disciplinario viciado y arbitrario. Señala que el 28 de octubre del año en curso, en sesión efectuada por la recurrida, ésta ratificó su desvinculación, sin antes haber sido citado a fin de poder efectuar sus descargos, siendo notificado de ello al día siguiente en forma irregular, por cuando no se envió correo certificado. Refiere, en consecuencia, que resultan arbitrarias e ilegales las actuaciones del Consejo de Disciplina, vulnerando su integridad psíquica y propiedad, al imponer una sanción injusta y desproporcionada que lo deshonra y despoja de su cargo, la igualdad ante la ley. Pide en definitiva, acoger el recurso, revocar la resolución de desvinculación, ordenando su reincorporación efectuando el correspondiente y legal proceso disciplinario. Segundo: Que evacúa informe al tenor del recurso don Juan Flores Cuevas, Superintendente del Cuerpo de Bomberos de San José de Maipo, quién refiere que éste cuenta con una organización jerárquica, disciplinada y democrática, que presta un servicio de utilidad pública al amparo de la Ley N°20.564. Refiere que producto del incumplimiento a la normativa vigente del Cuerpo de Bomberos de San José de Maipo, el recurrente fue citado para el 29 de septiembre de 2023, a comparecer ante una sala del Consejo Superior de Disciplina integrada por los Consejeros Bernardo Núñez, Carlos Urtubia y Ramón Espósito, por incumplir el Estatuto, Reglamento General y Protocolo de Acoso, Abuso y Discriminación de dicho Cuerpo. Agrega que el 30 de agosto del año en curso se recibió una denuncia por parte de una aspirante al Cuerpo, en atención a dichos inadecuados que dirigió el recurrente en contra de ella al interior de un vehículo institucional. Durante la investigación y de los antecedentes tenidos a la vista por la Sala del Consejo Superior de Disciplina aparece que el recurrente, en otras oportunidades, se ha referido a la denunciante con calificaciones no apropiadas y denigrantes, siendo denunciado por otras personas por conductas impropias, resaltando su acoso silencioso hacia aspirantes y voluntarias. Expresa que el recurrente reconoció ante la Sala del Consejo Superior de Disciplina el motivo de su citación, negando haber insultado a alguna bombera, reconociendo un roce con una aspirante que puede ser un mal entendido de expresión cuando las recogió de un curso (sic), por ello se decidió en forma unánime aplicar la sanción de expulsión al actor, toda vez que quedó en evidencia que su conducta afectó a los interes
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de don Hugo Castro Tejeda en contra del Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de San José de Maipo. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°3879-2023 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece don Hugo Castro Tejeda, para interponer acción constitucional de protección en su favor con domicilio en pasaje 3 N° 089, comuna de San José de Maipo, en contra del Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de San José de Maipo representado legalmente por don Juan Flores Cuevas
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