SIN INFORMACION

PALACIOS PÉREZ CHRISTOPHER ANDRÉS/14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

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RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado Camilo Matías González Labra, por CHRISTOPHER ANDRÉS PALACIOS, quien deduce acción de amparo constitucional en contra de la resolución dictada por la jueza del Juzgado de Garantía de Viña del Mar (sic), doña Karen Atala Riffo, en audiencia de formalización celebrada con fecha 13 de diciembre de 2023, en la cual se despachó orden de detención en contra del señor Christopher Andrés Palacios Pérez, por corresponder a una resolución arbitraria e ilegal, que afecta su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Sostiene que con fecha 2 de marzo de 2023, el amparado de autos fue citado por el 14° Juzgado de Garantía de Santiago, a fin de ser formalizado, a requerimiento del Ministerio Público, por el delito de conducción en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 195, en relación al 110 de la Ley 18.290, cuya fecha de audiencia se fijó para el 19 de abril del año en curso. Señala que con fecha 19 de abril de 2023, la audiencia se reprogramó para el día 31 de mayo de 2023, toda vez que no fue notificado de aquella citación; la audiencia del 31 de mayo también fue reprogramada, por el mismo motivo -falta de notificación- para el día 12 de julio de 2023. La audiencia del 12 de julio nuevamente fue reprogramada para el día 23 de agosto de 2023, una vez más por falta de notificación. Apunta que la audiencia del 23 de agosto del presente año tampoco pudo realizarse, por cuanto el amparado no fue notificado de la celebración de la misma, reprogramándose para el día 11 de octubre de 2023. La audiencia de formalización del 11 de octubre tampoco se realizó, debido a que el señor Palacios Pérez no había sido notificado, en cuya circunstancia el Juez del Grado ordenó que la notificación fuera realizada por Carabineros de Chile, fijando audiencia de formalización para el día 15 de noviembre de 2023. Luego, con fecha 15 de noviembre, nuevamente se reprogramó la audiencia de formalización debido a que Carabineros no había diligenciado la notificación del amparado, fijando la misma para el 13 de diciembre del corriente. Es así que, con fecha 13 de diciembre en curso, se celebró audiencia de formalización, en cuya oportunidad la Jueza doña Karen Atala Riffo señaló -de forma equivocada- que el amparado se encontraría notificado de aquella audiencia, cuestión que es del todo errada, por cuanto no consta en el proceso seguido ante el 14° Juzgado de Garantía de Santiago que el señor Palacios Pérez haya sido notificado, actuación que debió ser realizada por Carabineros de Chile, conforme se ordenó en audiencia de fecha 15 de noviembre pasado. Denota que a la luz de los antecedentes que obran en el proceso seguido ante el 14° Juzgado de Garantía de Santiago, el amparado no ha sido notificado de la audiencia de formalización solicitada por el Ministerio Público, por lo que malamente se puede despachar orden de detención debido a su incomparecencia. Subraya que el amparado hasta la fecha, no se

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación de Recurso de Amparo, se rechaza el arbitrio deducido a favor de Christopher Andrés Palacios, en contra de la resolución de 13 de diciembre de 2023 dictada por el 14 Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RIT 1117-2023, RUC 2200580951-0, que dispuso la orden de detención del amparado, como quiera que dicha resolución judicial, se ajusta a la normativa legal vigente en nuestro Ordenamiento Jurídico. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3204-2023. Pronunciada por la Quinta Sala, integrada por los Ministros (S) señor Manuel Esteban Rodríguez Vega, señor Matias Felipe De La Noi Merino y el Abogado Integrante señor Sebastian Ramón Hamel Rivas. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés. Al folio 6: téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado Camilo Matías González Labra, por CHRISTOPHER ANDRÉS PALACIOS, quien deduce acción de amparo constitucional en contra de la resolución dictada por la jueza del Juzgado de Garantía de Viña del Mar (sic), doña Karen Atala Riffo, en audiencia

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