PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./ÁVILA (LTE)
Rol
Fecha
26 de diciembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Teniendo presente que lo decidido por el Tribunal excede el ámbito de las facultades que le confiere el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintitrés de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el 15° Juzgado Civil de Santiago, en autos ROL C-17057-2023 y, en su lugar, se decide que el Tribunal A Quo deberá dar curso a la tramitación de la causa como en derecho corresponda. Comuníquese N°Civil-17035-2023.
Fallo
se decide que el Tribunal A Quo deberá dar curso a la tramitación de la causa como en derecho corresponda. Comuníquese N°Civil-17035-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: Teniendo presente que lo decidido por el Tribunal excede el ámbito de las facultades que le confiere el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintitrés de octubre d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica