7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP/DENISSE ROSA OLIVARES JIMÉMEZ Y OTROS (ACUMULADA CON PENAL N°6491-2023)

Rol

Fecha

22 de diciembre de 2023

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-6490-2023 Ruc: 2100797316-8 Rit : O-14076-2021 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros (S) señor Manuel Esteban Rodríguez Vega, señor Matias Felipe De La Noi Merino y el Abogado Integrante señora Bárbara Vidaurre Miller Relator: Javier Badilla Aburto Digitadora (S): Sandra Gutiérrez Sánchez Fiscal: Felipe San Martín Luchinger Defensor: Emilio Cotroneo Reyes Defensor: Pablo Araya Zacarías Defensor: Patricio Rojas N° registro de Audiencia: Penal 6490-2023 Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintitrés. A los folios 6, 7 y 8: a todo, téngase presente. Visto, oídos los intervinientes y

Fundamentos

considerando: Que, compartiendo los fundamentos expresados por el tribunal a quo en la resolución apelada y, en esta audiencia, por el ente persecutor para tener por justificados los ilícitos objeto de la formalización y para presumir fundadamente la participación en ellos de los imputados Denisse Olivares, Fabián Olivares y Nataly Vega; esta Corte considera que, en cuanto al requisito de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, referido a la necesidad de cautela, el carácter reiterado de los ilícitos objeto de la formalización, el abultado número de ellos, la gravedad de los bienes jurídicos protegidos, la pluralidad de partícipes, el dolo común y concierto previo con el que habrían actuado, la circunstancia de que –en lo referido al ilícito de los artículos 194 y 196 del Código Penal- las conductas reprochadas no se habrían limitado a la sola falsificación sino que habrían alcanzado la efectiva utilización de los instrumentos públicos amañados, con el fin último de lograr formalizar nada menos que una candidatura a la Presidencia de la República -situaciones que incrementan el disvalor involucrado-; y considerando, además, la prognosis de las penas aplicables así como la probabilidad de que éstas sean de cumplimiento efectivo; se erigen, todos estos elementos, como antecedentes que permiten concluir que la prisión preventiva de los tres imputados aludidos constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, en primer lugar se confirma la resolución apelada de 13 de diciembre en curso, dictada por el 7º Juzgado de Garantía de Santiago, en cuanto dispuso la prisión preventiva de Denisse Olivares Jiménez, y se revoca la misma resolución en aquella parte en que dispuso como medida cautelar contra Fabián Manuel Olivares Jiménez y Nataly Marcela Vega Valenzuela la de arresto domiciliario total, decretándose en su lugar la de prisión preventiva de ambos. Devuélvase. Rol Corte: Penal-6490-2023 Ruc: 2100797316-8 Rit : O-14076-2021 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-6490-2023 Ruc: 2100797316-8 Rit : O-14076-2021 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros (S) señor Manuel Esteban Rodríguez Vega, señor Matias Felipe De La Noi Merino y el Abogado Integrante señora Bárbara Vidaurre Miller Relator: Javier Badilla Aburto D

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