MP.C/ DIEGO LEONARDO NICOLÁS CÓRDOVA QUINTANILLA.
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
San Miguel, veintidós de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 3822-2023 Penal Ruc: 2301155827-5 RIT: 5795-2023 Tribunal: 11°Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Cristián Calderón Borquez Digitadora: Bárbara Subiabre Silva Fiscal: Darío Sanhueza de la Cruz Defensa: César Contreras González Defensor privado: No concurre Registro de audio: 2301155827-5-91 Imputado: Diego Leonardo Nicolás Córdova Quintanilla Delito: Tráfico ilícito de drogas Tipo de recurso: apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: Sin escritos. CERTIFICO: Que siendo las 11:35 horas llamados los intervinientes a la vista del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Publico, el defensor penal privado don Francisco Basoalto Cerda por el imputado Diego Leonardo Nicolás Córdova Quintanilla, no anunció alegatos ni compareció ante esta Corte, habiendo sido llamado tres veces en la antesala del tribunal y sin que estuviese presente en Sala de Espera de la plataforma de video conferencia Zoom, designándose al abogado de la Defensoría Penal Pública don César Contreras González para la representación del imputado, letrado que aceptó la designación realizada. San Miguel, 22 de diciembre de 2023. Cristián Calderón Bórquez, relator. San Miguel, veintidós de diciembre de dos mil veintitrés. Oídos los intervinientes y teniendo presente: Primero: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que, en este estadio procesal, se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal que dan cuenta de la existencia del ilícito por el que se encuentra formalizado, esto es, el artículo 3° de la Ley 20.000 y las presunciones fundadas de participación del encausado. Específicamente, en lo atingente al presupuesto material de la letra a), esta Corte tiene especialmente presente la cantidad de droga incautada -cercana al medio kilo-, compuesta por dos tipos de sustancias distintas, más variados elementos
Fundamentos
considerando la naturaleza y gravedad del ilícito, bien jurídico protegido, las circunstancias de comisión, la penalidad asignada en la ley y eventual forma de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador para alcanzar los objetivos señalados en el inciso primero del artículo 155 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución dictada en audiencia de veintiuno de diciembre del año en curso, por el 11°Juzgado de Garantía de Santiago, que rechazó la solicitud de prisión preventiva de Diego Leonardo Nicolás Córdova Quintanilla y
Fallo
se declara, en cambio, que dicho imputado sí queda sujeto a la aludida medida cautelar. Comuníquese vía interconexión. N° 3822-2023 Penal.-
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San Miguel, veintidós de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 3822-2023 Penal Ruc: 2301155827-5 RIT: 5795-2023 Tribunal: 11°Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Cristián Calderón Borquez Digitadora: Bárbara Subiabre Silva Fiscal: Darío Sanhueza de la Cruz Defensa: César Contreras González Defensor privado: No concurre Registro de audio: 2301155827-5-91 Imputado: Diego Leona
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