SIN INFORMACION

GONZALEZ JARA DAVID MARCELO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

21 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece la abogada Zeyra Azucena Mairena Saenz, en representación de David Marcelo González Jara, deduciendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones, por haber rechazado el beneficio de libertad condicional solicitado para el amparado, pese a cumplir con todos los requisitos establecidos en el Decreto Ley N.º 321. Expone que el recurrente se encuentra cumpliendo diversas condenas que suman un total de 6 años y 244 días de presidio, cuyo inicio se remonta al 24 de junio de 2020, estimándose su fecha de término el 20 de abril de 2025. Agrega que el tiempo mínimo de condena para postular a la libertad condicional se cumplió el 17 de marzo de 2022. Expone que el amparado registra muy buena conducta desde marzo-abril de 2022 hasta la fecha, es decir 11 bimestres de nota máxima. Además, ha realizado diversas actividades de reinserción social en el penal, como trabajos de construcción, elaboración y remodelación. Actualmente se encuentra inscrito en el taller de cuero desde febrero de 2023. También es beneficiario de salidas dominicales desde junio de 2023 y salidas de fin de semana completo desde octubre del mismo año y cuenta con una promesa de contrato de trabajo en el medio libre. Pese a estos antecedentes, en octubre de 2023 la Comisión de Libertad Condicional rechazó su solicitud de acogerse a dicho beneficio. Estima que tal resolución es ilegal y arbitraria, puesto que no considera los avances concretos del interno en su proceso de reinserción social dentro del penal, citando sólo aspectos desfavorables del informe psicosocial, sin sopesar los antecedentes positivos. Reclama que no se analiza de manera integral su situación, limitándose a aspectos formales y fragmentos aislados del informe. Tampoco se explican razones concretas que justifiquen la necesidad de continuar el proceso de reinserción privado de libertad y no en la sociedad. Por estas razones solicita q

Fallo

Por estas razones solicita que se acoja el presente recurso de amparo constitucional, se deje sin efecto la resolución recurrida y se conceda la libertad condicional al amparado. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidente, ministro señor Alejandro Aguilar Brevis, quien señaló que el amparado fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario Santiago Sur y que mediante resolución de fecha 31 de octubre de 2023, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio correspondiente al segundo semestre de 2023. Explica que, al revisar los antecedentes del interno, contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, la Comisión estimó que, aun cuando el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio, manteniendo una conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N.º 321, lo cierto es que la documentación aparejada a su formulario de postulación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle dicho beneficio. Al respecto, indica que: “(…) entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante arroja un riesgo de reincidencia alto, con necesidades de intervención en diversas áreas. Se trata de un interno que cumple condena de 3 años y un día por el delito d

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés. Al folio 6; a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece la abogada Zeyra Azucena Mairena Saenz, en representación de David Marcelo González Jara, deduciendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones, por haber rechazado el beneficio de l

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