JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN BERNARDO

FELIPE PANGUI BURGOS Y OTROS /SERVICIOS MIVA SPA Y OTRO

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2023

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En estos autos RIT O-431-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo caratulada “Cataldo y otros con Miva S.p.A.”, sobre despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, indemnizaciones legales y subcontrataciones, por sentencia definitiva de diecisiete de julio de dos mil veintitrés, se acogió la demanda impetrada por Felipe Pangui Burgos, José Molina Gómez, Marina Castillo Figueroa, Ramón Jara Jara y Cristóbal Cataldo Sepúlveda en cuanto declaró justificado y procedente el despido indirecto ejercido por los actores, habida cuenta de los graves incumplimientos contractuales por parte de la demandada principal; aplicó la sanción de nulidad del despido toda vez que a la fecha de producirse se encontraban impagas las cotizaciones de seguridad demandadas; determinó que la relación laboral se desarrolló bajo el régimen de subcontratación conforme a los artículos 183 y siguientes del Código del Trabajo y que se condena a la demandada principal al pago de las prestaciones e indemnizaciones que detalla, y a la demandada Ilustre Municipalidad de San Bernardo, en calidad de subsidiaria. En su contra, el abogado Felipe Salas Torres, en representación de la demandada, Ilustre Municipalidad de San Bernardo, dedujo recurso de nulidad e invocó la causal del artículo 477 en relación con el artículo 50 del Código del Trabajo y artículo 23 del D.F.L. Nº2 de 30 de mayo de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, de manera conjunta, alega la causal del artículo 477, en relación con el artículo 183 C, ambos del Código del Trabajo y artículo 1608 y siguientes del Código Civil. Pide se invalide la sentencia y dicte una de remplazo, en la que se reconozca el pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social efectuados por subrogación del Municipio y rechace el pago de gratificaciones, con costas. Por resolución de doce de septiembre del presente año, la Sala Tramitadora de esta Corte declaró admisible el aludido recurso y el 7

Fundamentos

considerando: Primero: Que luego de referirse latamente a los antecedentes del proceso, identificando a los actores, resumiendo la demanda y la contestación efectuada por la municipalidad, reproduce los considerandos octavo a décimo vigésimo tercero del

Fallo

fallo impugnado. En primer lugar se esgrime la causal del artículo 477 en relación con el artículo 50 del Código del Trabajo y artículo 23 del D.F.L. Nº2 de 30 de mayo de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la cual no se será abordada atendido al desistimiento efectuado en estrados por el abogado Jorge Álvarez Vásquez, que se tuvo presente en la misma audiencia. En segundo lugar, invoca la causal del artículo 477, esta vez en relación a lo dispuesto en el artículo 183 C del Código del Trabajo y 1608 y siguientes de Código Civil, al decidir que es procedente la sanción de la nulidad del despido de los actores en la forma en la cual se determinó que el Municipio debía cancelar las remuneraciones entre la fecha despido hasta su pago, lo que implica una vulneración a lo preceptuado en el citado artículo 183 C del Código del Trabajo, cuyo texto reproduce y contrasta con lo decidido por el juez a quo en el considerando undécimo, en el cual reconoce el pago por subrogación, pero no le da el alcance de lo que significa “en el mundo jurídico”, citando para estos efectos jurisprudencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó, que alude a los efectos de la subrogación. Añade que el citado artículo 183 C inciso 5° al disponer el pago por subrogación por parte del empleador principal, lo que hace es otorgar al Municipio la posición jurídica del empleador, dado que ha pasado a ocupar la situación jurídica del demandado Miva S.p.A., lo que implica que las actuaciones que se

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: En estos autos RIT O-431-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo caratulada “Cataldo y otros con Miva S.p.A.”, sobre despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, indemnizaciones legales y subcontrataciones, por sentencia definitiva de diecisiete de julio de dos mil veintitrés, se acogió la demanda

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica