JUZGADO DE GARANTIA DE RANCAGUA

JULIA AMELIA BRAVO DIAZ C/ MARIA EUGENIA VILCHES OLIVARES

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2023

Materia

CALUMNIA (ACCION PRIVADA). ART. 412 AL 415.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos: Teniendo presente que el recurrente de autos no anunció alegatos, sea por escrito o verbalmente, para alegar y sostener su recurso, y que si bien solicitó la suspensión de la vista por la causal del artículo 165 N° 6 del Código de Procedimiento Civil, esta resulta improcedente según lo dispuesto en el artículo 357 del Código Procesal Penal y atendida su no comparecencia a la audiencia fijada para el día de hoy, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 358 inciso segundo del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia de dieciséis de noviembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 4353-2023. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 1893-2023 Penal.

Fallo

se declara abandonado el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia de dieciséis de noviembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 4353-2023. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 1893-2023 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, dicinueve de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: Teniendo presente que el recurrente de autos no anunció alegatos, sea por escrito o verbalmente, para alegar y sostener su recurso, y que si bien solicitó la suspensión de la vista por la causal del artículo 165 N° 6 del Código de Procedimiento Civil, esta resulta improcedente según lo dispuesto en el artículo 357 del

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