ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON FISCO DE CHILE
Rol
P-46495-2020
Fecha
11 de octubre de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS : Con fecha 07 octubre de 2020, comparecen don Manuel Jesús Figueroa Saavedra y don Antonio Ricardo Alamos Avendaño, ambos abogados, en representación de SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTIA DE CHILE II S.A. Entidad de Previsión Social, todos domiciliados para estos efectos en Av. Bernardo O higgins 949 Piso 9 OF. 904, Santiago, quienes interponen demanda ejecutiva previsional en contra de FISCO DE CHILE, representado por María Eugenia Manaud Tapia, con domicilio en Agustinas 1687, Santiago. Fundan su libelo en las circunstancias consistentes en que la demandada adeuda a su representada la suma de $1.489.588.-, por concepto de cotizaciones previsionales morosas del trabajador Joao Werner Cofré Morales, por los períodos comprendidos entre junio de 2014 a julio de 2020, individualizados en la resolución N°1961652, de fecha 31 de agosto de 2020, que acompañan. Por lo expuesto y disposiciones legales que invocan, concluyen solicitando tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra del empleador antes referido, acogerla en todas sus partes y ordenar se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $1.489.588.-, más reajustes, intereses penales y costas que se determinen al momento del pago efectivo, disponiendo se siga adelante la ejecución hasta el íntegro pago de lo adeudado, todo con costas. Con fecha 08 de octubre de 2020, se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva y se despachó mandamiento de ejecución y embargo. Con fecha 08 de junio de 2021, comparece doña RUTH ISRAEL LÓPEZ, abogado Procurador Fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, ambos domiciliados en Agustinas Nº1225, piso 4, Santiago, oponiendo la excepción de pago de la deuda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 N° 5 de la ley de cobranza previsional N°17.322, en relación con lo dispuesto en el artículo 464 Código: XQQJXBXCRVR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://ver
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, será materia de esta incidencia determinar la efectividad que la cotización previsional, cuyo cobro se persigue en estos autos, se encuentra pagada. Fecha y monto de la solución. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar sus afirmaciones, la parte ejecutada, se valió de la siguiente prueba documental, sin objetar, consistente en: 1. Sentencia dictada por el Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago con fecha cuatro de julio de 2018, en la causa RUC 18-4-0079908-K, RIT O-270-2018, caratulada “COFRE MORALES JOAO WERNER con FISCO DE CHILE”. Código: XQQJXBXCRVR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2. Certificación de fecha 17 de enero de 2020 conforme la sentencia indicada en el apartado anterior se encuentra ejecutoriada, en causa tramitada ante el Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, RUC 18-4-0079908-K, RIT O-270-2018, caratulada “COFRE MORALES JOAO WERNER con FISCO DE CHILE”. 3. Resolución Exenta Nº1065 de 8 de julio de 2020 de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y de los Derechos Humanos, por la que se ordenó el cumplimiento de la sentencia dictada por el 2º Juzgado del Trabajo en la causa caratulada “Cofre con Fisco de Chile” RUC 18-4-0079908-K, RIT O-270-2018, disponiendo el pago por Tesorería de las sumas y conceptos que en la misma se indican. 4. Resolución Exenta Nº2396 de fecha 23 de diciembre de 2020 de la Subsecretaria de Justicia Ministerio de Justicia y de los Derechos Humanos por la cual se complementó la resolución indicada en el punto anterior respecto del pago por Tesorería General de la República respecto de cotizaciones previsionales, e seguro de cesantía y de salud que en dicha resolución se indican. 5. Comprobante de Egreso pagado a la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO S.A., RUT 76762250-3, mediante depósito en la cuenta Nº 63809713 del Banco Santander Santiago, por un monto total autorizado de $13.279.824. 6. Comprobante Egreso pagado a la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTÍA DE CHILE II S.A, RUT 76237243-6, mediante depósito en la cuenta Nº67145348 del Banco Santander Santiago, por un monto total autorizado de $3.551.278. 7. Comprobante Egreso enterado al FONDO NACIONAL DE SALUD, RUT Nº 61603000-0, mediante cheque EV239747 remitido por correo (serie de correos 9951602397474, a la dirección de dicha entidad, ubicada en calle FREIRE Nº 473, oficina 201, San Bernardo, por un monto total autorizado de $9.107.689. Código: XQQJXBXCRVR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8. Certificado que da cuenta de pago de las cotizaciones perseguidas por el período entre junio a diciembre de 2014. 9. Certificado que da cuenta de pago de las cotizaciones perseguidas por el período entre enero a diciembre de 2015. 10. Certificado que da cuenta de pago de las cotizaciones perseguidas por el período entre enero a diciembre de 2016. 11. Certificado qu
Fallo
Por lo expuesto y disposiciones legales que invocan, concluyen solicitando tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra del empleador antes referido, acogerla en todas sus partes y ordenar se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $1.489.588.-, más reajustes, intereses penales y costas que se determinen al momento del pago efectivo, disponiendo se siga adelante la ejecución hasta el íntegro pago de lo adeudado, todo con costas. Con fecha 08 de octubre de 2020, se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva y se despachó mandamiento de ejecución y embargo. Con fecha 08 de junio de 2021, comparece doña RUTH ISRAEL LÓPEZ, abogado Procurador Fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, ambos domiciliados en Agustinas Nº1225, piso 4, Santiago, oponiendo la excepción de pago de la deuda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 N° 5 de la ley de cobranza previsional N°17.322, en relación con lo dispuesto en el artículo 464 Código: XQQJXBXCRVR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl N°9 del Código de Procedimiento Civil, en razón de encontrarse enteradas por la Tesorería General de la República, la totalidad de las cotizaciones previsionales del Fondo de Cesantía, con sus reajustes e intereses, adeudadas al trabajador Joao Werner Cofré Morales, objeto de la demanda de autos, debiendo rechazarse ésta en todas sus partes, con costas. Con fecha 17 d
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Santiago, once de octubre de dos mil veintidós. VISTOS : Con fecha 07 octubre de 2020, comparecen don Manuel Jesús Figueroa Saavedra y don Antonio Ricardo Alamos Avendaño, ambos abogados, en representación de SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTIA DE CHILE II S.A. Entidad de Previsión Social, todos domiciliados para estos efectos en Av. Bernardo O higgins 949 Piso 9 OF. 904, Santiago, quie
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