FISCO DE CHILE/FUENTES
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2023
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
CONFIRMA CON COSTAS
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además presente: Primero: Que el demandado se alzó en contra de la sentencia que acogió la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por el Fisco de Chile a folio 1 y lo condenó al pago de una suma ascendente a $1.832.113.153.- (mil ochocientos treinta y dos millones ciento trece mil ciento cincuenta y tres pesos), con los reajustes e intereses que señala, más las costas de la causa. En lo que interesa, el recurrente opuso la excepción de prescripción extintiva de la obligación, señalando que las obligaciones que encuentran su fuente en actos anteriores al 23 de marzo de 2012, se encuentran prescritas. Esgrime que el tenor expreso de la demanda, reduce su pretensión a la suma única y total de $ 1.832.113.153.-, la que no es posible alcanzar, a la vista de los argumentos expuestos y, acogerla en una suma inferior no resulta posible pues, al proceder de este modo, la sentencia extendería su resolución a una pretensión no solicitada, incurriendo en el vicio de extra petita. Por ello, debió rechazarse la demanda. En subsidio, afirma que el tribunal no podía acoger la demanda al haber operado la prescripción respecto de todas aquellos hechos que transcurrieron con anterioridad a la fecha en que fueron decretadas las medidas cautelares reales, único acto interruptivo de la prescripción, lo que ocurrió por resolución dictada el 23 de marzo de 2016, en los autos Ingreso de Corte 738-2016, con lo que deben ser excluidas de la determinación del quantum de la indemnización, las facturas referidas a hechos anteriores al mes de abril de 2012, con lo que debió rebajarse la suma al menos en $598.832.110.- que corresponde a las facturas que corren desde la número 38443 a la 39671, que fueron emitidas, la primera, desde el día 9 de enero de 2010, y hasta el día 19 de marzo de 2012, la última de ellas. En apoyo de su pretensión, cita los artículos 2332 del Código Civil y 61 del Código Procesal Penal. Segundo: Que el
Fundamentos
fundamentos de la sentencia en alzada.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve, pronunciada por el trigésimo Juzgado Civil de esta ciudad, con costas del recurso. Regístrese y devuélvase. N° 2201-2020 Civil. Redactó la ministra Claudia Lazen M. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Carolina Vásquez Acevedo, Claudia Lazen Manzur y Fiscal Judicial Carla Troncoso Bustamante. No firma la ministra Claudia Lazen Manzur por encontrarse con permiso de conformidad a lo dispuesto en el artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales.
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además presente: Primero: Que el demandado se alzó en contra de la sentencia que acogió la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por el Fisco de Chile a folio 1 y lo condenó al pago de una suma ascendente a $1.832.113.153.- (mil ochocientos treinta y dos millones ciento
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