SIN INFORMACION

MUÑOZ/CONTRALORÍA REGIONAL DEL BIOBÍO

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. 2º) Que los hechos descritos en la presentación sobrepasan los márgenes del recurso interpuesto, toda vez que se recurre contra una interpretación jurídica efectuada por la Contraloría General de la República en un dictamen, situación que se contrapone con la naturaleza cautelar de la acción de protección, razón por la cual no será admitido a tramitación; sin perjuicio de los procedimientos judiciales y administrativos aplicables al caso, en tanto se trataría más bien de un asunto que se refiere al cumplimiento del fallo pronunciado en el I.C. N°5246-2017. Y de conformidad, además, con lo que seña la  el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-16897-2023.(vdcd)

Fallo

fallo pronunciado en el I.C. N°5246-2017. Y de conformidad, además, con lo que seña la  el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-16897-2023.(vdcd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago ccp Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1º) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías numeradas en el artículo 20 de la Constitución P

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica