ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2023
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito del acuerdo arribado entre las partes con fecha siete de diciembre de dos mil veintitrés, en que fija el aumento de los alimentos a partir del mes de enero de dos mil veinticuatro y lo previsto en el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968, se confirma, en lo apelado, la resolución de veinticuatro de julio de dos mil veintitrés, escrita en folio N°22, dictada por el Juzgado de Familia de Quilpué. Comuníquese, notifíquese y devuélvase, vía interconexión. N°Familia-1049-2023. Por un inconveniente informático no firma el Abogado Integrante Sr. Oliver, no obstante haber concurrido a la...
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito del acuerdo arribado entre las partes con fecha siete de diciembre de dos mil veintitrés, en que fija el aumento de los alimentos a partir del mes de enero de dos mil veinticuatro y lo previsto en el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968, se confirma, en lo apelado, la resolución de veinticuatr
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