RECURSO DE PROTECCION EN FAVOR DE DON ORLANDO ALEXIS FLORES MORALES EN CONTRA DE CARABINEROS DE CHILE Y LA PREFECTURA DE CARABINEROS DE VILLARRICA
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: A folio N°1 comparece ORLANDO ALEXIS FLORES MORALES, Cédula Nacional de Identidad N° 14.219.493-7, domiciliado en Camino internacional Francisco Valdés Subercaseoux, km 106, sector Catripulli, comuna de Curarrehue, quien interpone recurso de protección en contra de IX ZONA DE CARABINEROS ARAUCANÍA y PREFECTURA DE CARABINEROS VILLARRICA. Recurre en contra de la resolución exenta nro. 154 de fecha 01.04.2021 de la Prefectura de Carabineros Villarrica y Orden de sumario nro. 15249/1 de fecha 01.04.2021, incoada por la Fiscalía Administrativa de la Prefectura de Carabineros Villarrica, cuyo último acto administrativo corresponde a la Resolución Exenta nro. 450, de fecha 16.08.2023, de la IX Zona de Carabineros Araucanía, la cual fue notificada con fecha 30.08.2023, conforme a los siguientes hechos y
Fundamentos
fundamentos de derecho: Que el día 31.03.2021, en circunstancias que se encontraba haciendo uso de su feriado legal, alrededor de las 16:30 horas aproximadamente, del mismo día, concurrió hasta la casa de JUAN EDUARDO FIERRO CISTERNA la cual está ubicada en el sector de Puala Alto, comuna de Curarrehue, lugar donde compartieron junto a otros amigos un asado y algunas cervezas, posteriormente, verificó la hora, percatándose que ya eran las 20:40 horas, por lo que tomó contacto con un amigo de la familia de nombre ARTURO QUILAQUIR ALVAREZ, el cual se encontraba de visita en su casa, a quien le solicitó que fuera en mi búsqueda, ya que faltaba una hora para el toque de queda. Llegando este al lugar alrededor de las 21:00 horas en su camioneta kia, modelo Frontier, PPU XX 9890, quien se bajó y saludó a las personas que se encontraban en la casa, procediendo el recurrente a despedirse del anfitrión, y del resto de la gente, momentos en que se acercó una amiga de Eduardo, de nombre Loreto Tripailaf, que igual estaba compartiendo con ellos y le consultó si podía acercarla hasta el cruce de Coburga (sector El turbio) debido a que en dicho lugar llamaría un taxi, el cual la trasladaría hasta su lugar de destino. Luego de consultarle a Arturo, éste analizó que faltaban alrededor de 50 minutos para que comenzara el toque de queda, accediendo a la petición ya que el tiempo alcanzaba para ir a dejarla y luego regresar a su domicilio que se ubica en la Ruta internacional km 105.9. Debido a que el recurrente sentía sueño, le indicó a la señorita Tripailaf que se fuera en el asiento del copiloto, ya que aprovecharía el lapso del trayecto para dormir en el asiento de atrás del furgón. Transcurridos unos 20 minutos aproximadamente, despertó producto de la inercia propia de la colisión con un vehículo mayor. Bajando rápidamente de la camioneta percatándose que la colisión había sido con una retroexcavadora, cuyo conductor continuó su marcha sin detenerse para verificar la situación. En un acto seguido verificó que no tenía lesiones visibles debido al impacto y Arturo manifestó que él tampoco se encontraba lesionado, no obstante, la señorita Loreto manifestaba mucho dolor y además se encontraba atrapada entre el pilar delantero derecho del vehículo y el asiento del copiloto. Transcurridos unos 30 minutos en los cuales trataron de liberar a Loreto, no pudieron hacerlo, razón por la cual Arturo manifestó que iría a buscar ayuda, mientras el seguía tratando de liberarla y acompañarla. Posteriormente cuando ya había transcurrido alrededor de una hora del accidente, paró un vehículo quien les prestó ayuda y llamó a bomberos, los cuales llegaron en un lapso de 25 a 30 minutos y 5 a 10 minutos más tarde una patrulla de carabineros, a cargo del suboficial Marín, a quien ubicaba debido a que ocasionalmente había visto un par de veces cuando concurría a la 9o comisaría a realizar trámites propios del servicio, indicándole que momentos antes habíamos colisionado con una retro
Fallo
se resuelve aplicar la medida disciplinaria consistente en la baja por conducta mala, con efectos inmediatos al Ex Sgto 2o Flores Morales Orlando, a contar de las 00:00 horas del día siguiente al de la notificación, de conformidad a lo establecido en el artículo 127 , N° 4 ), inciso quinto, del Reglamento de Selección y Ascensos del Personal de Carabineros, N° 8, en relación con el artículo 23, N° 22, letra e), del Reglamento de Disciplina de Carabineros de Chile nro. 11, porque el día 31.03.2021, siendo las 23:10 horas aproximadamente, en circunstancias que se encontraba vistiendo de civil, haciendo uso de feriado legal, al concurrir personal del cuadrante 2 de la 9na comisaría Pucón a verificar un accidente de tránsito, "manifestó que él conducía la camioneta PPU. XX 9890, marca Kia Motors, modelo Frontier, doble cabina, año 2004, Color blanco, por la ruta CH 199 y al llegar al km. 90.3 en dirección de oriente a poniente desde Curarrehue a Pucón en compañía de la ciudadana Loreto Tripailaf Tripailaf, C/l nro. 18.522.617-4, que participó en un accidente de tránsito, al parecer con una Retroexcavadora, que no se encontraba en el lugar", siendo detenido en el mismo lugar por encontrarse en estado de ebriedad evidente, siendo trasladados al hospital de Pucón, donde fueron atendidos por el médico de turno, quien diagnosticó al Sargento 2do. FLORES MORALES sin lesiones, ebriedad en estudio y a su acompañante Policontusa, Luxación de cadera en estudio, de "carácter grave", siendo
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C.A. de Temuco Temuco, diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés. VISTO: A folio N°1 comparece ORLANDO ALEXIS FLORES MORALES, Cédula Nacional de Identidad N° 14.219.493-7, domiciliado en Camino internacional Francisco Valdés Subercaseoux, km 106, sector Catripulli, comuna de Curarrehue, quien interpone recurso de protección en contra de IX ZONA DE CARABINEROS ARAUCANÍA y PREFECTURA DE CARABINE
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