SIN INFORMACION

CRISTIÁN CANTILLANA SANDOVAL/COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

18 de diciembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Comparece Sandra Zamora Oyarzún, abogada defensora penal penitenciaria, con domicilio en Calle Manuel Antonio Matta n.° 433, Osorno, e interpone acción constitucional de amparo a favor de Cristian Marcelo Cantillana Sandoval. Se ejerce la Acción Constitucional de Amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por denegar la postulación del condenado ya individualizado mediante resolución de 11 de octubre de 2023. Todo lo anterior, sin ajustarse a la normativa legal vigente, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal. De este modo, se solicita se acoja la acción constitucional, revocando la resolución señalada y ordenando conceder la Libertad Condicional. Detalla que el amparado, se encuentra actualmente cumpliendo las siguientes penas: · 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de robo con fuerza en las cosas en lugar destinado a la habitación, en causa RUC 1601143340-9, reproche impuesto mediante sentencia dictada por el tribunal del juicio oral en lo penal de Osorno. · 100 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de receptación de especies, en causa RUC 1600554935-7, sanción decretada en sentencia dictada por el tribunal de garantía de Osorno. Señala antecedentes personales del condenado, que debieron ser ponderados para los efectos de otorgar el beneficio, en particular que su fecha de inicio condena es el 4 de diciembre de 2016; y la de término el 13 de marzo de 2024, habiendo cumplido el tiempo mínimo para postular el 10 de octubre de 2021. Agregó que el interno, en conformidad a lo resuelto por la comisión de rebaja de condena, presentó 4 bimestres de muy buena conducta. En cumplimiento a lo ordenado, informa la Comisión de Libertad Condicional, afirmando que la decisión denegatoria fue tomada en forma unánime por los miembros de la Comisión ya que del informe del postulante no se vislumbran factores de reinserción suficientes, principalmente en orientación y actitud pro criminal, normalizando su conducta criminal. Encontrándose en un estado pre contemplativo, y no contando con una red familiar que signifique una efectiva contención normativa de su conducta. Considerando, además, que presenta un alto riesgo de reincidencia, que orientan a mantener la intervención en medio cerrado. Se ordenó agregar la causa para su vista. Considerando: Primero: La acción constitucional de amparo es un recurso de naturaleza excepcional, que encuentra su origen y fuente en la Constitución Política de la República y persigue, por su intermedio, la tutela y protección de parte de los tribunales superiores de justicia, en los casos en que por actos de particulares o de alguna autoridad, se vean ilegítimamente vulneradas las garantías de libertad y seguridad individuales. Segundo: Los argumentos de la parte recurrente guardan relación con la denegación del beneficio de libertad condicional, cuestionando principalmente el informe psicosocial que se consideró como antecedente de l

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República; Se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del condenado Cristian Marcelo Cantillana Sandoval. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-329-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: Comparece Sandra Zamora Oyarzún, abogada defensora penal penitenciaria, con domicilio en Calle Manuel Antonio Matta n.° 433, Osorno, e interpone acción constitucional de amparo a favor de Cristian Marcelo Cantillana Sandoval. Se ejerce la Acción Constitucional de Amparo en contra de la Comisión de Lib

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