C.A. de Santiago

MUSAT/SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

Rol

75580-2022

Fecha

9 de septiembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procederá cuando la falta o abuso se cometa en sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, o en una definitiva, y que no sean susceptibles de recurso alguno. Segundo: Que en la especie se recurre en contra de los Ministros de la Sala de Cuenta de la Corte de Apelaciones de Santiago por haber dictado la resolución de fecha 22 de agosto de 2022, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución dictada por el Segundo Tribunal Ambiental, con fecha de veinte de julio del año en curso, que modificó una medida cautelar concedida previamente. Tercero: Que la citada resolución, que reemplazó parcialmente la citada medida, no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, puesto que no corresponde a una sentencia definitiva ni tampoco a una interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, con lo que no se verifica una de las exigencias previstas en el mencionado artículo 545 para su admisibilidad. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto el día veintisiete de agosto de dos mil veintidós por el abogado don Rodrigo Avendaño Vergara. A los otrosíes: estese a lo resuelto precedentemente. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 75.580-2022.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto el día veintisiete de agosto de dos mil veintidós por el abogado don Rodrigo Avendaño Vergara. A los otrosíes: estese a lo resuelto precedentemente. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 75.580-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, nueve de septiembre de dos mil veintidós. Al escrito folio N° 132080-2022: a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procederá cuando la falta o abuso se cometa en sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, o en una d

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