4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

PARASNATH COMODITIES PTE. LTD. C/ VERONICA PATRICIA ROJAS DIAZ

Rol

Fecha

18 de diciembre de 2023

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Lo expuesto por las partes en la audiencia y los antecedentes obtenidos del sistema computacional de causas. Y teniendo, además, presente: 1° Que, los hechos sobre que se discute en la presente audiencia son el sobreseimiento definitivo y, en subsidio la prescripción de la acción penal: estos antecedentes estarían contenidos en las querellas de 30 de septiembre de 2014, 29 de mayo de 2015 y 7 de diciembre de 2016, respectivamente. 2° En cuanto a lo establecido en la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal, esto es sobreseimiento definitivo, esta Corte tiene presente en lo sustantivo, que los hechos a que se refiere ya fueron objeto de una resolución de esta Corte en resolución de veintiséis de febrero de dos mil diecinueve que revocó la resolución apelada que decretó el sobreseimiento definitvo con posterioridad al examen de los antecedentes habiendo ejercido el Ministerio Público la facultad de no perseverar, sin que los antecedentes de la causa hayan variado en forma alguna hasta esta fecha. 3° En cuanto a lo establecido en la letra d) del mencionado artículo 250, en este sentido esta Sala estima que no es posible interponerse de manera subsidiaria, los derechos tanto en este sistema de oralidad como el respeto que se debe al imputado, y a las víctimas, no permiten que se acompañe un informe en esta audiencia, ya que se vulneraría el principio de bilateralidad de la audiencia así como el derecho al recurso, por no ser recurrible la resolución que se dicte en esta causa. Por los

Fundamentos

fundamentos señalados, se confirma la resolución apelada de seis de noviembre del año en curso, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa Rit 10494-2014, que rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo por la causal de la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal y, en subsidio, por la causal de la letra c) del mismo artículo respecto del imputado Francisco José Lourenco, con declaración que lo relativo al último aspecto, deberá ser resuelto por el juez a quo, en la audiencia respectiva. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés. Sala: Novena Rol Corte: Penal-5926-2023 Ruc: 1400811730-7 Rit : O-10494-2014 Juzgado: 4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, el Ministro (S) señor Sergio Guillermo Córdova Alarcón y el Abogado Integrante señor Joel Arturo González Castillo Relator: Felipe G

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